MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

FUNDAMENTA ARQUITECTURA Y DISEÑO SpA

RUT 76855742-K CVE 2604943
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
24 de enero de 2025
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
24 de enero de 2025
Notario
JOSÉ LEONARDO BRUSI MUÑOZ chileno
Oficio
Cuadragésima Segunda Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP

Objeto social

Esta autorización no se hace extensiva a la devolución de capitales, sino que habrá que estarse a la participación accionaria. B) Modificación de estatutos. Se reemplaza el artículo VIGESIMO permanente de los estatutos sociales en tal sentido. En todo lo no modificado persiste el estatuto social vigente

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JOSÉ LEONARDO BRUSI MUÑOZ chileno, abogado, Notario Público de la Cuadragésima Segunda Notaría de Santiago, Suplente del Titular ALVARO GONZALEZ SALINAS, con oficio en Avenida Apoquindo Nº 3001, segundo piso, comuna Las Condes, certifica: Por escritura pública, otorgada con fecha 24 de enero de 2025 ante mí: FUNDAMENTA GESTIÓN SpA, Rol Único Tributario Número 76.106.395-2, representada por doña KAREN MICHELLE ASPÉ DUARTE, chilena, divorciada, abogada, cédula de identidad número 13.473.069-2 y doña MACARENA DEL ROSARIO URETA, chilena, casada, abogada, cédula de identidad número 13.066.998-0, todos domiciliados en Avenida Presidente Riesco 5561, piso 6, comuna de Las Condes, modificó la sociedad por acciones “FUNDAMENTA ARQUITECTURA Y DISEÑO SpA”, RUT N° 76.855.742-K, constituida con fecha 8 de marzo de 2018, otorgada en la notaría de Santiago de don Álvaro González Salinas, cuyo extracto se inscribió a fojas 19193 número 10260 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2018 y fue publicado en el Diario Oficial con fecha 16 de marzo de 2018, cuyo capital inicial fue de $1.000.000. Modificación consiste: Fundamenta Gestión SpA, como único accionista y dueño del 100% de las acciones modificó la sociedad por acciones “Fundamenta Arquitectura y Diseño SpA” en el siguiente sentido: A) Modificación de distribución de utilidades. Se modificó el artículo vigésimo de los estatutos en el sentido que las utilidades y pérdidas que arroje cada ejercicio social- estando limitadas estas últimas al monto de los aportes de los accionistas- podrán repartirse en una proporción diferente al número de acciones que tengan los accionistas y por tanto en los derechos sociales. Por lo anterior, para que puedan repartirse dividendos en un porcentaje diferente al número de acciones que tengan los accionistas, dicha autorización será materia de Junta Extraordinaria de Accionistas y deberá ser otorgada cada vez en sesión válidamente celebrada. El criterio para repartir dividendos en un porcentaje diferente al número de acciones será el aporte a la sociedad mediante el trabajo o industria en favor de ella, de acuerdo con su objeto, como así mismo, la prestación de servicios profesionales que tengan que ver con el objeto social. Esta autorización no se hace extensiva a la devolución de capitales, sino que habrá que estarse a la participación accionaria. B) Modificación de estatutos. Se reemplaza el artículo VIGESIMO permanente de los estatutos sociales en tal sentido. En todo lo no modificado persiste el estatuto social vigente. Demás estipulaciones escritura extractada.- Santiago 28 de enero de 2025.