CONSTITUCIÓN Cooperativa

COOPERATIVA PESQUERA ARTESANAL DEL MAULE

CVE 2605018
Capital
$15.000.000 CLP
Fecha instrumento
13 de enero de 2025
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
13 de enero de 2025
Repertorio
156-2025
Notario
Álvaro Gonzalo Mera Correa
Domicilio
comunas de Constitución y Empedrado

Sociedad

Capital
$15.000.000 CLP
Domicilio
la ciudad de Constitución, pudiendo establecer agencias, sucursales o representaciones en cualquier punto del país o del extranjero
Duración
Indefinida

Objeto social

La cooperativa tiene como objetos específicos dedicarse a la extracción, investigación, producción, compra, venta, comercialización, distribución, transformación, de bienes, productos y servicios; arriendo o subarriendo de bienes muebles e inmuebles; transporte terrestre, transporte marítimo, transporte aéreo y transporte de personas; procesos o transformación de especies acuáticas, productos y servicios relacionados con la extracción y explotación de especies hidrobiológicas, productos del mar; la exportación de especies acuáticas, recursos hidrobiológicos, sus productos o servicios y las actividades que persigan el mejoramiento de las condiciones de vida de quienes las desempeñan; pesca marítima artesanal; recolección y extracción de productos marinos; servicios relacionados con la pesca marítima; y en general realizar cualquier otra actividad o servicio que de manera directa o indirecta se relacionen con el objeto social y que los socios acuerden. Número de socios que concurrieron a su constitución: 10

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Álvaro Gonzalo Mera Correa, Notario Público Titular comunas de Constitución y Empedrado, oficio OHiggins N° 499-A, Constitución, certifico: que, con fecha 28 de enero del 2025, mediante escritura pública Repertorio N° 156-2025, otorgada ante mí, se redujo a escritura pública, ACTA JUNTA GENERAL CONSTITUTIVA DE LA “COOPERATIVA PESQUERA ARTESANAL DEL MAULE” , de fecha 13 de enero de 2025, mediante la cual se constituyó la “COOPERATIVA PESQUERA ARTESANAL DEL MAULE”. Razón social: La cooperativa se denominará “COOPERATIVA PESQUERA ARTESANAL DEL MAULE”, su sigla o nombre de fantasía será “COOPESCA MAULE” . Domicilio: la ciudad de Constitución, pudiendo establecer agencias, sucursales o representaciones en cualquier punto del país o del extranjero. Duración: indefinida, sin perjuicio de las causales generales de disolución contempladas en la Ley General de Cooperativas. Objeto social: La cooperativa tiene como objetos específicos dedicarse a la extracción, investigación, producción, compra, venta, comercialización, distribución, transformación, de bienes, productos y servicios; arriendo o subarriendo de bienes muebles e inmuebles; transporte terrestre, transporte marítimo, transporte aéreo y transporte de personas; procesos o transformación de especies acuáticas, productos y servicios relacionados con la extracción y explotación de especies hidrobiológicas, productos del mar; la exportación de especies acuáticas, recursos hidrobiológicos, sus productos o servicios y las actividades que persigan el mejoramiento de las condiciones de vida de quienes las desempeñan; pesca marítima artesanal; recolección y extracción de productos marinos; servicios relacionados con la pesca marítima; y en general realizar cualquier otra actividad o servicio que de manera directa o indirecta se relacionen con el objeto social y que los socios acuerden. Número de socios que concurrieron a su constitución: 10 socios. Capital suscrito y pagado: $15.000.000.- (quince millones de pesos), dividido en 1.500 cuotas de participación, de un valor inicial de $10.000.- cada una. Cada uno de los 10 socios suscriben y pagan la suma de $1.500.000.- (un millón y medio de pesos), al contado, que enteran en el haber social, equivalentes a 150 cuotas de participación. Por votación unánime se designó como Gerente Administrador a don Eric Enrique Letelier Montecino, a contar de esta fecha y hasta la primera Junta General que se celebre; y como Inspector de Cuentas titular a don Jaime Ismael Verdugo Collarte, a contar de esta fecha y hasta la primera Junta General que se celebre. En calidad de suplente fue designado don Santiago Patricio Hendriksen Fuster. Demás estipulaciones escritura extractada. Constitución, 29 de enero de 2025.