TRANSPORTES ALARCÓN LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 11 de diciembre de 2024
- Repertorio
- 5872-2024
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFRANCISCO RUBEN ROJAS ARRIAGADA, abogado, Notario Suplente del Titular de la Décimo Quinta Notaría de Santiago, de don R. ALFREDO MARTIN ILLANES, con oficio en calle Mardoqueo Fernández 201, oficinas 101 y 102, comuna de Providencia, certifico: Que, por escritura de fecha 11 de diciembre de 2024, otorgada ante mí, Repertorio N°5872-2024, GERMÁN MIGUEL GUTIÉRREZ LAZCANO, c.i. N°12.016.554-2; SILVANA GIUSEPPINA YACOMETTI ZUNINO, c.i. N°10.537.475-5 y, NYDIA DEL ROSARIO ALARCÓN LAZCANO, c.i. N°8.486.785-3; todos domiciliados para estos efectos en calle Avenida Príncipe de Gales N°5921, oficina 1705, comuna de La Reina, Región Metropolitana, modificaron los estatutos de la sociedad comercial “TRANSPORTES ALARCÓN LIMITADA", Rol Único Tributario N°76.763.714-4, empresa del giro de su denominación, constituida por escritura pública de fecha 06 de julio del año 2017, otorgada en la Notaría de Santiago de don Eduardo Avello Concha, cuyo extracto se inscribió a fojas 53.290 N°28.844, del Registro de Comercio de Santiago del año 2017, a cargo del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, en la forma siguiente: se retira de la sociedad don GERMÁN MIGUEL GUTIÉRREZ LAZCANO quien vende, cede y transfiere, en partes iguales, la totalidad de sus derechos sociales, a doña SILVANA GIUSEPPINA YACOMETTI ZUNINO y a doña NYDIA DEL ROSARIO ALARCÓN LAZCANO, quienes los aceptan, compran y adquieren para sí. El precio total de esta cesión es la suma de $3.000.000.-, pagando $1.500.000.- cada una de las cesionarias. El cedente declara recibir la suma anteriormente señalada de cada una las cesionarias en este acto, en dinero efectivo a su total y entera conformidad. Las cesiones comprenden todos los haberes y derechos que al cedente le corresponde en la sociedad a cualquier título y especialmente su parte en capital, fondos en cuenta particular y cualquier otro y surtirá efecto entre los socios a contar de esta fecha. Como consecuencia de la cesión de derechos sociales de que da cuenta la cláusula tercera precedente, la sociedad queda formada exclusivamente por los socios doña SILVANA GIUSEPPINA YACOMETTI ZUNINO y doña NYDIA DEL ROSARIO ALARCÓN LAZCANO, con una participación del 50% cada una en el capital social, quedando limitada su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. En consideración a lo anteriormente expuesto, en este acto, los actuales socios acuerdan introducir la siguiente modificación al estatuto social: Se elimina toda referencia al socio que se retira GERMÁN MIGUEL GUTIÉRREZ LAZCANO. La sociedad modificada asume a partir de esta fecha todas las responsabilidades y obligaciones comerciales y tributarias en los términos del artículo 69 del Código Tributario, liberándose expresamente al socio que se retira GERMÁN MIGUEL GUTIÉRREZ LAZCANO de toda obligación y responsabilidad. Conforme a la modificación pactada, a contar de esta fecha la administración, representación y uso de la razón social, ésta recaerá exclusiva e indistintamente en cualquiera de las socias, SILVANA GIUSEPPINA YACOMETTI ZUNINO y doña NYDIA DEL ROSARIO ALARCÓN LAZCANO, en los términos pactadas en la cláusula cuarta de la escritura de constitución. En todo lo no expresamente modificado por este instrumento, seguirán vigentes las estipulaciones del pacto social citada en la cláusula primera precedente.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 15 de enero de 2025.