MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Sociedad Odontológica Carrillo y Rojas Limitada

RUT 76311295-0 CVE 2604198
Fecha instrumento
26 de diciembre de 2024

Instrumento

Fecha
26 de diciembre de 2024
Notario
JORGE ELIAS TADRES HALES
Domicilio
Temuco

Administración

En el uso de la razón social, el socio administrador contará con las más amplias facultades que en derecho se requiera, con todas las facultades de administración y disposición, en conformidad a la legislación vigente, sin perjuicio de la delegación de facultades que pueda hacer para negocios en particular o mediante el otorgamiento de un mandato general de administración, caso en el cual para obligar válidamente a la sociedad, frente a terceros, dichos poderes deberán constar por escritura pública e inscribirse en el Registro de Comercio y, sólo una vez cumplida dicha formalidad podrán ser invocados y tendrán valor respecto de terceros. Facultades en escritura extractada. Administración, representación y

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JORGE ELIAS TADRES HALES, Notario Público Temuco, oficio en esta ciudad A. Varas Nº 976, certifica: por escritura fecha 26 de Diciembre de 2024, ante mí, ANDRÉS EDUARDO CARRILLO SALAZAR, chileno, soltero, Cirujano dentista, cédula nacional de identidad número dieciséis millones setecientos noventa y cuatro mil cuatrocientos noventa y cinco guion siete, domiciliado en calle Abelardo Silva número novecientos quince, comuna de Temuco y RAFAEL ANDRÉS ROJAS CONTRERAS, chileno, soltero, cirujano dentista, cédula nacional de identidad número dieciséis millones setecientos noventa y cuatro mil doscientos ochenta y siete guion tres, domiciliado en Avenida San Sebastián número cero dos mil treinta, casa treinta y dos, comuna de Temuco, expusieron: Que con fecha diecinueve de noviembre del año dos mil doce, por escritura suscrita ante don Jorge Tadres Hales, notario titular de la ciudad de Temuco, constituyeron la sociedad de responsabilidad limitada denominada ”Sociedad Odontológica Carrillo y Rojas Limitada”, nombre fantasía “Sociedad Odontológica C & R Ltda.” rol único tributario número setenta y seis millones trescientos once mil doscientos noventa y cinco guion cero, cuyo extracto se encuentra inscrito a fojas dos mil cuatrocientos ocho, bajo el número mil ochocientos ochenta y cuatro del Registro de Comercio de Temuco del año dos mil doce. Capital Social: La escritura de constitución, da cuenta de un capital social ascendente a la suma de treinta millones de pesos, a razón de un aporte de quince millones de pesos por cada socio, siendo enterados y pagados la suma de un millón de pesos por el socio Andrés Eduardo Carrillo Salazar y un millón de pesos el socio y don Rafael Andrés Rojas Contreras, en el referido acto constitutivo. Por instrumento extractado, los socios vienen en declarar que el capital suscrito y no pagado en el acto constitutivo ya se encuentra totalmente enterado en arcas sociales. PRESENTE MODIFICACION: Facultades de la administración: En el uso de la razón social, el socio administrador contará con las más amplias facultades que en derecho se requiera, con todas las facultades de administración y disposición, en conformidad a la legislación vigente, sin perjuicio de la delegación de facultades que pueda hacer para negocios en particular o mediante el otorgamiento de un mandato general de administración, caso en el cual para obligar válidamente a la sociedad, frente a terceros, dichos poderes deberán constar por escritura pública e inscribirse en el Registro de Comercio y, sólo una vez cumplida dicha formalidad podrán ser invocados y tendrán valor respecto de terceros. Facultades en escritura extractada. Administración, representación y uso de la razón social: corresponderá los socios fundadores, esto es, don Andrés Eduardo Carrillo Salazar y don Rafael Andrés Rojas Contreras, en forma conjunta o separada, indistintamente. Sin embargo, se requerirá de actuación conjunta para el caso de obligar económica y financieramente a la sociedad y para la enajenación de cualquier bien inmovilizado y en especial tratándose de un bien inmueble.- En todo lo demás no hay cambios, manteniéndose el contenido del pacto social originario. Demás estipulaciones escritura extractada. Temuco, 14 de Enero de 2025.-