CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

SERVICIOS MEDICOS SAN LUCAS SpA

CVE 2604338
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
10 de enero de 2025
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
10 de enero de 2025
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Domicilio
Santiago
Duración
Indefinida

Objeto social

La prestación de servicios profesionales en las diversas ramas o especialidades de la medicina, y la realización de otra actividad profesional derivada o relacionada en la actualidad o en el futuro, con ella, en forma directa o mediante convenios, sea a particulares o beneficiarios del Fondo Nacional de Salud o Institutos de Salud Previsional, Servicios de Bienestar o de Organismos del Sector Público, municipal o privado. Se comprende también, dentro del objeto social, las actividades de los profesionales paramédicos

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Notario Titular 36º Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción Nº 65, piso 2, comuna de Providencia, certifico: Por escritura pública de fecha 10-01-2025. Rep N°360-2025, ante mi suplente doña Karina Alejandra Flores Muñoz: don OSVALDO HECTOR BERGER OVALLE, domiciliado en paseo del Rodano N°4.554, Comuna de lo Barnechea, Región Metropolitana, constituyó Sociedad por Acciones.- Razón Social: “SERVICIOS MEDICOS SAN LUCAS SpA”.- Objeto: La prestación de servicios profesionales en las diversas ramas o especialidades de la medicina, y la realización de otra actividad profesional derivada o relacionada en la actualidad o en el futuro, con ella, en forma directa o mediante convenios, sea a particulares o beneficiarios del Fondo Nacional de Salud o Institutos de Salud Previsional, Servicios de Bienestar o de Organismos del Sector Público, municipal o privado. Se comprende también, dentro del objeto social, las actividades de los profesionales paramédicos.- Capital: $1.000.000, dividido en 1000 acciones, sin valor nominal, totalmente suscritas y pagadas.- Duración: Indefinida.- Domicilio: Santiago, sin perjuicio de las sucursales o agencias que se establezcan en el país o en el extranjero.- Otras estipulaciones en escritura extractada.- Santiago, 17 de enero 2025.