Naviera Paredes Sociedad Anónima
Instrumento
- Fecha
- 24 de enero de 2025
- Repertorio
- 695-2025
- Notario
- Maria Paz Mardones Villarroel
- Oficio
- Titular de la Segunda Notaría de Puerto Montt
- Comuna
- Puerto Montt
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMaria Paz Mardones Villarroel, Abogado, Notario Público, Suplente del Titular de la Segunda Notaría de Puerto Montt, don Felipe San Martin Schröder, según Decreto Económico protocolizado con fecha veinte de Enero del año dos mil veinticinco, bajo el número doscientos treinta y cinco, certifico: Por escritura pública de fecha 24 de enero 2025 Repertorio N° 695-2025 ante mí, se redujo a escritura pública el acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de Naviera Paredes Sociedad Anónima, Rut 77.257.235- 2, inscrita a fojas 893 vuelta, número 521 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Puerto Montt del año 2020, celebrada con fecha 20 de enero de 2025 (en adelante, la “Junta” y la “Sociedad”, respectivamente), en presencia de doña María Paz Mardones Villarroel, suplente del titular don Felipe San Martín Schröder, con la asistencia de quienes representaban el 67,5% de las acciones con derecho a voto en que se divide el capital social, quienes acordaron modificar sus estatutos en el siguiente sentido: Uno. Capital. Luego de que la Presidenta diera cuenta a los presentes que con fecha trece de diciembre de dos mil veinticuatro, la Sociedad y sus accionistas doña Gladys Bettina Paredes Aguilar y doña Mariela Betsabé Paredes Aguilar, celebraron, respectivamente, contratos de suscripción y pago de acciones, en virtud de los cuales cada una de ellas suscribió y pagó seis Acciones de Pago de aquellas emitidas con ocasión del aumento de capital pactado en Junta Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad celebrada con fecha 13 de noviembre de 2024 en la notaría de Puerto Montt de don Felipe San Martín Schröder ante su suplente doña María Paz Mardones Villarroel; y, asimismo, luego de que dejara constancia que las ochenta y nueve Acciones de Pago restantes no fueron suscritas y pagadas dentro del plazo respectivo, reduciéndose, por consiguiente, de pleno derecho, la Junta acordó, por unanimidad, actualizar los artículos cuarto permanente y segundo transitorio de los estatutos sociales, dando cuenta del capital social actual, en virtud de las suscripciones y pagos de acciones referidas. En dicho sentido, se acordó por unanimidad de los presentes, modificar y reemplazar los artículos cuarto permanente y segundo transitorio por los siguientes: “ARTÍCULO CUARTO: El capital de la sociedad es la cantidad quince mil setecientos diecinueve millones cuatrocientos cuarenta mil quinientos ochenta y ocho pesos, dividido en ciento once acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, que se suscribe y paga en la forma indicada en el artículo segundo transitorio de estos estatutos.”; “SEGUNDO TRANSITORIO: El capital de la sociedad es la cantidad quince mil setecientos diecinueve millones cuatrocientos cuarenta mil quinientos ochenta y ocho pesos, dividido en ciento once acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, todas íntegramente suscritas y pagadas con anterioridad a este acto.”. Dos. Duración de la Sociedad y citaciones a juntas de accionistas. Asimismo, la Junta acordó, por unanimidad de los presentes, modificar y reemplazar los artículos segundo y décimo quinto permanentes de los estatutos sociales, referentes a la duración de la Sociedad y a las citaciones a juntas de accionistas, respectivamente, por los siguientes: “ARTÍCULO SEGUNDO: La duración de la sociedad será indefinida.”; “ARTÍCULO DÉCIMO QUINTO: Las citaciones a juntas de accionistas se efectuarán por medio de un aviso destacado que se publicará, a lo menos, por tres veces en días distintos en el periódico del domicilio social que haya determinado la junta de accionistas o, a falta de acuerdo o en caso de suspensión o desaparición de la circulación del periódico designado, en el Diario Oficial, con una anticipación mínima de diez días a la fecha de la celebración de la junta, en la forma y condiciones que señale la Ley sobre Sociedades Anónimas y su Reglamento.”. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Puerto Montt, a 25 enero 2025.