IMPORTADORA Y EXPORTADORA VIA MUNDO LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 12 de diciembre de 2024
- Notario
- DARÍO EMIGDIO CHACÓN VICENTELO
- Domicilio
- Baquedano N° 702
Sociedad
- Capital
- $4.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalDARÍO EMIGDIO CHACÓN VICENTELO, Notario Público, Baquedano N° 702, Iquique, Certifico: Por escritura pública hoy ante mí, don RODRIGO XAVIER CAMPOS OLIVA, abogado, cédula nacional de identidad número doce millones cuatrocientos treinta y ocho mil ciento treinta y cuatro guion siete, domiciliado en calle San Martín número doscientos cincuenta y cinco, oficina treinta y cuatro de la comuna de Iquique, por poder y en representación según se acreditará, don KARIN ALEJANDRO GANEM JARA, chileno, soltero, empleado, Cédula Nacional de Identidad y Rol Único Tributario número diecisiete millones seiscientos noventa y siete mil seiscientos cincuenta y dos guion siete, domiciliado en José Francisco Vergara número tres mil quinientos cuarenta y siete de la ciudad de Iquique; y don MAHMOUD KI AMRO, Chileno, soltero, empresario, cédula de identidad y rol único tributario número catorce millones setecientos veintiséis mil seiscientos veinticinco guion uno; domiciliado en Edificio Portal del Pacifico, Departamento número quinientos dos, Torre B, ubicado en Avenida Chipana número dos mil cuarenta, de la ciudad de Iquique; el compareciente mayor de edad, quien acredita su identidad con la cédula antes citada, expone: Escritura pública: Que por escritura pública de fecha seis de febrero del año dos mil veintitrés, otorgada ante el Notario Público Titular de la comuna de Iquique, don DARIO EMIGDIO CHACON VICENTELO, bajo el repertorio número trescientos siete, don MAHMOUD KI AMRO, y don KARIN ALEJANDRO GANEM JARA ya individualizados, procedieron a suscribir escritura pública de transformación y modificación social, de la sociedad denominada “IMPORTADORA Y EXPORTADORA VIA MUNDO LIMITADA”, Rut. N° 76.091.550-5, con un capital social de $4.000.000.- dividido en 100 acciones nominativas, de una sola serie, sin valor nominal, inscrita a fojas 293 vta. N° 288, Registro Comercio Iquique 2004, en la cual el socio KARIN ALEJANDRO GANEM JARA vende, cede y transfiere a don MAHMOUD KI AMOR, el cien por ciento de sus derechos sociales, representativas del cinco por ciento del capital social, en la suma de tres millones de pesos los cuales se entienden pagados en ese acto mediante dinero en efectivo.- Dada la venta de los derechos y obligaciones sociales referidas en el señalado instrumento, don MAHMOUD KI AMRO, ha pasado a ser dueño del cien por ciento de los derechos o participación en el capital total de la sociedad, porcentaje que es también representativo de la participación del mismo en la sociedad, lo que ha significado el retiro o salida de la sociedad de don KARIN ALEJANDRO GANEM JARA.- Por lo anteriormente expuesto, se reúnen en manos de don MAHMOUD KI AMRO, ya individualizado; el cien por ciento de los derechos o participación en el capital total de empresa referida, por lo que además procedió a transformar la Empresa Individual de responsabilidad limitada en una Sociedad Por Acciones denominada VIA MUNDO SpA, con todas y cada de las estipulaciones que figuran en la escritura ya referida.- Saneamiento: Que, la respectiva escritura pública de transformación y modificación social, de la sociedad denominada, “IMPORTADORA Y EXPORTADORA VIA MUNDO SOCIEDAD POR ACCIONES O VIA MUNDO SpA.”, no fue inscrita en el Registro de Comercio Respectivo ni publicada en el Diario Oficial dentro de plazo legal.- Por el presente instrumento, el compareciente, haciendo uso del derecho que la Ley número diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve les concede, viene en sanear el vicio de nulidad formal consistente en la falta de inscripción y publicación del extracto de la transformación y modificación social, según lo descrito en la cláusula primera; otorgando la presente escritura de saneamiento; cuyo extracto será publicado en el Diario Oficial, e inscrito en el Registro de Comercio Respectivo al margen de la inscripción de la citada escritura de transformación y modificación social, verificándose además la pertinente inscripción y publicación del extracto de ésta última escritura, cuya inscripción y publicación no fue practicada dentro del plazo legal requerido.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- Iquique, IQUIQUE, 12 Diciembre 2024.-