Consultora Los Nietos Limitada
Instrumento
- Fecha
- 3 de enero de 2024
- Notario
- MARIA PATRICIA DONOSO GOMIEN
- Oficio
- 27° Notaria Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $500.000 CLP
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la sociedad será la prestación de servicios profesionales de Asesorías y Consultorías de todo tipo para la Minería y Agricultura, Estudios y Evaluaciones para la Minería y Agricultura, Consultorías Financieras y Contables
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARIA PATRICIA DONOSO GOMIEN, abogado, Notario Público Titular, 27° Notaria Santiago, Orrego Luco 0153, Providencia, certifica: que por escritura pública de fecha 03 de enero de 2024, ante mí, Don JUAN CARLOS LOYOLA ARÁNGUEZ, chileno, casado, contador auditor, C.I. N°10.110.082-0, domiciliado en Camino de La Esperanza 6036, La Florida, Región Metropolitana; doña NICOLE IGNACIA LOYOLA ESPINOZA, chilena, casada y separada de bienes, geóloga, C.I. N° 17.516.347-6, domiciliada en Camino de La Esperanza 6036, La Florida, Región Metropolitana; y, don FELIPE TOMÁS LOYOLA ESPINOZA, chileno, casado y separado de bienes, C.I. N° 17.920.512-2, domiciliado en Camino de La Esperanza 6036, La Florida, Región Metropolitana; constituyeron sociedad de responsabilidad limitada “CONSULTORA LOS NIETOS LIMITADA”. Domicilio en la ciudad de Santiago, sin perjuicio de lo cual podrá establecer sucursales, agencias, o representaciones, tanto en el país como en el extranjero. Duración: indefinida. Objeto: El objeto de la sociedad será la prestación de servicios profesionales de Asesorías y Consultorías de todo tipo para la Minería y Agricultura, Estudios y Evaluaciones para la Minería y Agricultura, Consultorías Financieras y Contables. Capital: $500.000 que los socios aportarán y enterarán de la siguiente manera: : (i) don Juan Carlos Loyola Aránguez, la suma de doscientos cincuenta mil pesos, equivalentes al cincuenta por ciento del capital social, que se aporta en este acto y en dinero efectivo, que ingresa a la caja social; (ii) doña Nicole Ignacia Loyola Espinoza, la suma de ciento veinticinco mil pesos, equivalentes al veinticinco por ciento del capital social, que se aporta en este acto y en dinero efectivo, que ingresa a la caja social; y, (iii) don Felipe Tomás Loyola Espinoza, la suma de ciento veinticinco mil pesos, equivalentes al veinticinco por ciento del capital social, que se aporta en este acto y en dinero efectivo, que ingresa a la caja social. La administración, la representación y el uso de la razón social de la Sociedad, corresponderá al socio JUAN CARLOS LOYOLA ARÁNGUEZ; en los términos del artículo séptimo de los estatutos sociales. Demás estipulaciones escritura ya descrita. Santiago, 28 de Enero del 2025.