CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

ARELLANO SOLUCIONES LTDA.

CVE 2604823
Fecha instrumento
16 de enero de 2025
Notaría
Quillota

Instrumento

Fecha
16 de enero de 2025
Repertorio
72-2025
Notario
JULIO JORGE ABUYERES JADUE
Oficio
Primera Notaría de Quillota
Comuna
Quillota

Objeto social

- El domicilio de la sociedad será la ciudad de Quillota, sin perjuicio de las sucursales o agencias que establezca en el resto del país o del extranjero.- La sociedad se pacta por un plazo de 5 años contados desde la fecha de la presente escritura, plazo que se entenderá prorrogado en forma tácita, automática y sucesiva por períodos iguales de 5 años, si ninguno de los socios manifiesta su intención de ponerle término.- El capital suscrito y pagado de la sociedad es la suma de cuarenta millones de pesos, que los socios pagan de la siguiente manera: a) Luis Felipe Arellano Espinoza, ha aportado y pagado la suma de treinta y ocho millones de pesos, equivalentes a un noventa y cinco por ciento de participación en el capital social, que aporta en este acto, al contado y con dinero en efectivo e ingresado a la caja social; b) Franco Luis Arellano Díaz, ha aportado y pagado la suma de dos millones de pesos, equivalentes a un cinco por ciento de participación en el capital social, que aporta en este acto, al contado y con dinero en efectivo e ingresado a la caja social; la

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

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JULIO JORGE ABUYERES JADUE, Notario Público Titular de la Primera Notaría de Quillota, con oficio en esta ciudad, en calle Pudeto Nº 398, certifica: Por escritura, Repertorio N°72-2025, de fecha 16 de Enero del año 2025, ante mí, LUIS FELIPE ARELLANO ESPINOZA y FRANCO LUIS ARELLANO DÍAZ, ambos con domicilio para estos efectos en Sofanor Parra Nº 163, Playa Ancha, Región de Valparaíso; y exponen que vienen en constituir una Sociedad de Responsabilidad Limitada conforme a las siguientes disposiciones: La razón social será ARELLANO SOLUCIONES LIMITADA pudiendo usar para fines bancarios, comerciales y publicitarios el nombre de fantasía ARELLANO SOLUCIONES LTDA. El objeto de la sociedad será: a) La consultoría, asesoría, desarrollo de proyectos y prestación de servicios en las áreas de construcción, capacitación, educación y civil, incluyendo la elaboración y evaluación de proyectos, estudios de factibilidad y asesorías técnicas, económicas, financieras y comerciales. También se incluye la administración y desarrollo de sistemas productivos, así como la creación y dictación de cursos de capacitación ocupacional y formación técnica, científica y social relacionadas con la construcción, ya sea como organismo técnico de capacitación (OTEC), institutos profesionales o centros de formación técnica; b) La prestación de servicios de asesorías técnicas y profesionales para instituciones públicas y privadas, incluyendo estudios técnicos y económicos, planificación estratégica y supervisión de proyectos; c) La participación en proyectos ante instituciones fiscales, semifiscales o privadas, ya sea mediante licitaciones, propuestas o contratos, incluyendo la contratación de profesionales, técnicos y personal necesario para el cumplimiento del objeto social; d) La prestación de servicios profesionales relacionados con la construcción, directamente o a través de sus dependientes o terceros, tales como instalación de estructuras, ejecución de obras civiles, creación de planos, estudios de suelo, diseño estructural, obra gruesa y cualquier otro servicio técnico asociado; e) La manufactura por medios propios y/o mediante alianzas estratégicas, de implementos, materiales y sistemas de construcción de obra gruesa y liviana; f) La distribución, exportación, importación y comercialización, al por mayor o al detalle, de productos de ferretería, maquinaria, paneles de hormigón armado, kits para la construcción y toda clase de insumos relacionados. Esto incluye la venta presencial, a través de plataformas digitales y mediante catálogos; g) La comercialización y distribución de insumos y artículos de aseo, limpieza, automotrices, industriales y de oficina, al por mayor o al detalle; h) El arriendo de maquinarias y equipos, incluyendo maquinaria de construcción, vehículos y equipos de entretenimiento; i) La compraventa de maquinaria destinada al arriendo, así como la prestación de servicios complementarios relacionados con su operación o mantenimiento, cuando corresponda; j) La realización de actividades de transporte, flete y carga de bienes; k) La intermediación en arriendos de bienes muebles e inmuebles, facilitando transacciones entre propietarios y arrendatarios y l) En general, cualquier otra actividad de carácter comercial, industrial o de servicios que los socios acuerden o decidan desarrollar en el futuro, para lo cual bastará con la ampliación de giro ante el Servicio de Impuestos Internos, sin necesidad de modificar el objeto social, que se declara amplio y suficiente para abarcar cualquier actividad lícita relacionada. En el desarrollo de sus actividades, la sociedad podrá actuar por cuenta propia o ajena, realizar inversiones, establecer filiales o alianzas estratégicas, y participar en otras sociedades o proyectos que resulten necesarios o convenientes para el cumplimiento de su objeto social.- El domicilio de la sociedad será la ciudad de Quillota, sin perjuicio de las sucursales o agencias que establezca en el resto del país o del extranjero.- La sociedad se pacta por un plazo de 5 años contados desde la fecha de la presente escritura, plazo que se entenderá prorrogado en forma tácita, automática y sucesiva por períodos iguales de 5 años, si ninguno de los socios manifiesta su intención de ponerle término.- El capital suscrito y pagado de la sociedad es la suma de cuarenta millones de pesos, que los socios pagan de la siguiente manera: a) Luis Felipe Arellano Espinoza, ha aportado y pagado la suma de treinta y ocho millones de pesos, equivalentes a un noventa y cinco por ciento de participación en el capital social, que aporta en este acto, al contado y con dinero en efectivo e ingresado a la caja social; b) Franco Luis Arellano Díaz, ha aportado y pagado la suma de dos millones de pesos, equivalentes a un cinco por ciento de participación en el capital social, que aporta en este acto, al contado y con dinero en efectivo e ingresado a la caja social; la responsabilidad de los socios queda limitada al monto de su respectivo aporte.- La administración de la sociedad, el uso de la razón social, del nombre de fantasía y la representación judicial y extrajudicial de la misma corresponderá a don Luis Felipe Arellano Espinoza, a don Franco Luis Arellano Díaz, a don José Antonio Jaque Vargas y a doña Yaseret Maira Arellano Díaz, quienes actuando o separadamente de manera indistinta, y anteponiendo la razón social a su firma, la representarán con las más amplias facultades ante cualquier persona, autoridad o institución civil, pública, municipal, privada, bancaria, de fomento, de crédito o financiera, pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos. Demás estipulaciones en escritura extractada. Quillota, 23 de Enero de 2025.