Inversiones Totoral Limitada
Instrumento
- Fecha
- 18 de diciembre de 2024
- Repertorio
- 16113-2024
- Comuna
- Santiago
Personas y entidades (5)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| Claudio Vicente Rosati Maldifassi | socio | 6618374-2 | — | — | |
| María Soledad Garcia Castelblanco | socio | 6376880-4 | — | — | |
| Catalina Rosati García | socio | 10872666-0 | — | — | |
| Florencia Rosati García | socio | 19088841-K | — | — | |
| Vicente Rosati Garcia | socio | 16097834-1 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalKARINA ALEJANDRA FLORES MUÑOZ, Notario Suplente de la 36ª Notaria de Santiago, de don Andrés Felipe Rieutord Alvarado, con oficio en La Concepción 65 piso 2, Providencia, certifica: Que por escritura pública de fecha 18 de diciembre de 2024, Repertorio N°16.113-2024, ante el notario titular, Claudio Vicente Rosati Maldifassi, RUT N°6.618.374-2, María Soledad Garcia Castelblanco, RUT N°6.376.880-4, Catalina Rosati García, RUT N°10.872.666-0, Florencia Rosati García, RUT N°19.088.841-K y, Vicente Rosati Garcia, RUT N°16.097.834-1, todos domiciliados para estos efectos en Av. Alonso de Córdova N°2313, depto. 102, comuna de Vitacura, en sus calidades de únicos y actuales socios de la sociedad de responsabilidad limitada Inversiones Totoral Limitada, inscrita a fojas 33347 N° 20814 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2014 (en adelante, la “Sociedad”), declaran y acordaron lo siguiente: a) Cesión de derechos. (i) don Claudio Vicente Rosati Maldifassi, con el expreso consentimiento de sus consocios, cede y transfiere el 20% de los derechos que este mantiene en la Sociedad, a doña Catalina Rosati García; (ii) doña María Soledad García Castelblanco, con el expreso consentimiento de sus consocios, cede y transfiere el 10% de los derechos que esta mantiene en la Sociedad, a don Vicente Rosati García; y, (iii) doña Florencia Rosati García, con el expreso consentimiento de sus consocios, cede y transfiere el 20% de los derechos que este mantiene en la Sociedad, a doña Catalina Rosati García.- Como consecuencia de las cesiones descritas precedentemente: (i) Ingresa a la Sociedad la socia doña Catalina Rosati García y don Vicente Rosati García y disminuyen su participación social en la Sociedad, los socios Claudio Vicente Rosati Maldifassi, María Soledad García Castelblanco y Florencia Rosati García.- b) Modificación social. Los únicos y actuales socios de la Sociedad, Claudio Vicente Rosati Maldifassi, Catalina Rosati García, María Soledad García Castelblanco, Vicente Rosati García y Florencia Rosati García, acordaron modificar el Artículo Cuarto y Quinto de los estatutos sociales y se reemplazó por los siguientes: “CUARTO: La administración y el uso de la razón social corresponderá a los siguientes administradores en los términos que a continuación se indican: (a) don Claudio Vicente Rosati Maldifassi y doña María Soledad García Castelblanco, quienes actuando conjunta o indistintamente y anteponiendo la razón social a su firma, la representarán con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos, contratos, negocios, pudiendo autocontratar inclusive, con todas las facultades que a continuación se indican; (b) En caso de fallecimiento de ambos administradores indicados en el numeral (a) precedente, o en caso que se encontraren imposibilitados de ejercer la administración por causa sobreviniente, la administración deberá ser ejercida por doña María Cecilia Soto García, conjuntamente con don Vicente Rosati García o doña Florencia Rosati García, quienes actuando dos de ellos, conjuntamente y anteponiendo la razón social a su firma, la representarán con las más amplias facultades; QUINTO: El capital de la sociedad es la suma de CINCO MILLONES DE PESOS que los socios ya han aportado a la Sociedad, con anterioridad a esta fecha, en dinero efectivo y en las proporciones que se indican a continuación: (a) don Claudio Vicente Rosati Maldifassi aportó y pagó la suma de un millón de pesos que equivalen al veinte por ciento de los derechos sociales en la Sociedad; (b) doña María Soledad García Castelblanco aportó y pagó la suma de un millón de pesos que equivalen al veinte por ciento de los derechos sociales en la Sociedad; (c) doña Florencia Rosati García aportó y pagó la suma de quinientos mil pesos que equivalen al diez por ciento de los derechos sociales en la Sociedad; (d) don Vicente Rosati García aportó y pagó la suma de quinientos mil pesos que equivalen al diez por ciento de los derechos sociales en la Sociedad; y, (e) doña Catalina Rosati García aportó y pagó la suma de dos millones de pesos que equivalen al cuarenta por ciento de los derechos sociales en la Sociedad. La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes”.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 24 de enero de 2025.