CONSTITUCIÓN Empresa Individual de Responsabilidad Limitada

INVERSIONES PAULINA ZAMORA VILLALOBOS EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

RUT 15699088-4 CVE 2603894
Capital
$1.200.810 CLP
Fecha instrumento
25 de enero de 2025
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
25 de enero de 2025
Repertorio
1285-2025
Notario
Notario Suplente de don FRANCISCO JOSÉ HOLLMANN OVALLE
Oficio
Quincuagésima Primera Notaría de Santiago con oficio en avenida Providencia 2.600
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.200.810 CLP
Domicilio
Santiago
Duración
diez años a contar de la fecha de la presente escritura. Este plazo se prorrogará tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de cinco años, salvo que la Empresaria manifieste su voluntad de poner término a la Empresa, mediante escritura pública de la que deberá tomarse nota en el Registro de Comercio al margen de la inscripción de la Empresa, con seis meses de anticipación, a lo menos, al vencimiento del período original o al de la prórroga que estuviese vigente

Objeto social

desarrollar, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, las siguientes actividades: inversiones en bienes muebles, corporales o incorporales y, en especial, derechos, acciones, bonos, debentures, marcas, patentes y registros y demás valores mobiliarios, títulos de créditos, depósitos a plazo y demás efectos de comercio, adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes raíces, sean rústicos o urbanos, explotarlos directamente o por terceros en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones y obtener rentas; la formación, ingreso o participación en sociedades, asociaciones o comunidades, cualquiera sea la naturaleza u

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ROCIO VALENTINA VALLADARES MELLADO, abogada, Notario Suplente de don FRANCISCO JOSÉ HOLLMANN OVALLE, Notario Público Titular de la Quincuagésima Primera Notaría de Santiago con oficio en avenida Providencia 2.600, comuna de Providencia certifica que: Por escritura pública de fecha 25 de enero de 2025, repertorio 1285-2025 ante mí, compareció PAULINA ANTONIA ZAMORA VILLALOBOS, abogada, casada y separada de bienes, Rut N° 15.699.088-4, 40 años de edad, domiciliada en avenida Providencia N° 1208, oficina 1405, comuna y ciudad Santiago, constituyó una empresa individual de responsabilidad limitada que se rige por los Estatutos que se extractan: Nombre: “INVERSIONES PAULINA ZAMORA VILLALOBOS EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA” pudiendo actuar, contratar y funcionar indistintamente con la abreviación “INVERSIONES PAULINA ZAMORA VILLALOBOS E.I.R.L”. Domicilio: Santiago, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en el resto del país o en el extranjero. Objeto: desarrollar, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, las siguientes actividades: inversiones en bienes muebles, corporales o incorporales y, en especial, derechos, acciones, bonos, debentures, marcas, patentes y registros y demás valores mobiliarios, títulos de créditos, depósitos a plazo y demás efectos de comercio, adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes raíces, sean rústicos o urbanos, explotarlos directamente o por terceros en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones y obtener rentas; la formación, ingreso o participación en sociedades, asociaciones o comunidades, cualquiera sea la naturaleza u objeto. Duración: diez años a contar de la fecha de la presente escritura. Este plazo se prorrogará tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de cinco años, salvo que la Empresaria manifieste su voluntad de poner término a la Empresa, mediante escritura pública de la que deberá tomarse nota en el Registro de Comercio al margen de la inscripción de la Empresa, con seis meses de anticipación, a lo menos, al vencimiento del período original o al de la prórroga que estuviese vigente. Capital: $1.200.810.667-, los cuales se ingresan de la siguiente forma: a) Con la cantidad de doscientos millones ochocientos diez mil seiscientos sesenta y siete pesos, los cuales se pagan en este acto al contado a través de la cesión del depósito a plazo renovable, número cero dos seis cuatro cuatro uno siete uno dos siete dos dos, fecha de contratación veintitrés de diciembre de dos mil veinticuatro que la compareciente mantiene en el Banco Santander Chile, Rol Único Tributario número noventa y siete millones treinta y seis mil guion K, con domicilio social en calle Bandera ciento cuarenta, comuna y ciudad de Santiago, Región Metropolitana y que en este acto viene a ceder en forma de aporte de capital a la Empresa; b) Con la cantidad de mil millones de pesos, los cuales paga a través de cesión de la totalidad de la participación societaria que mantiene en Sociedad Comercial y Distribuidora de Productos Molineros Limitada que fue constituida por escritura pública de fecha veintisiete de diciembre de mil novecientos noventa y nueve, otorgada ante el Notario de San Fernando, don Héctor Villarreal Espinoza, repertorio número dos mil quinientos cincuenta y nueve guión noventa y nueve, cuyo extracto fue inscrito a fojas uno número uno del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de San Fernando del año dos mil y publicada en el treinta y tres por ciento de los derechos sociales. Este aporte será formalizado a través de la modificación de la Sociedad Comercial y Distribuidora de Productos Molineros Limitada sustituyendo a la socia PAULINA ANTONIA ZAMORA VILLALOBOS por INVERSIONES PAULINA ZAMORA VILLALOBOS EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, circunstancia que se acreditará con la sola inscripción de la modificación social al margen de la inscripción de constitución ya individualizada. Administración de la Sociedad: La administración, la representación y el uso de la razón social corresponderá exclusivamente a PAULINA ANTONIA ZAMORA VILLALOBOS quien representará la sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición según escritura extractada. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 25 de enero de 2025.