VENTA DE JOYAS Y ACCESORIOS AVATAR SpA
Instrumento
- Fecha
- 24 de enero de 2025
- Notario
- suscrita ante don RICARDO SALGADO SEPULVEDA
- Oficio
- 4° Notaría de Talcahuano
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $2.000 CLP
Referencias (1)
- do publicacion DO N° 41284 del 17 de octubre de 2015
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJAVIERA PAZ ERAZO HERMOSILLA, abogada, Notaria Suplente del titular de la 43ª Notaría de Santiago, de don JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA Huérfanos N° 835, piso 18, Santiago, Región Metropolitana. CERTIFICO: Por escritura pública hoy ante mí: OLGA CAROLINA HUERTA SEPULVEDA, chilena, casada bajo el régimen de separación de bienes, empresaria, cédula de identidad N° 15.724.254-9, reduce a escritura pública: ACTA JUNTA EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS “VENTA DE JOYAS Y ACCESORIOS AVATAR SpA”, celebrada el 24 de enero de 2025, en mi presencia, con la asistencia de la totalidad de las acciones emitidas, ANTECEDENTES: a) La sociedad “VENTA DE JOYAS Y ACCESORIOS AVATAR SpA”, Rol Único Tributario 76.236.387-9, se constituyó como Empresa Individual de Responsabilidad Limitada de fecha 07 de enero de 2013, suscrita ante don JUAN PABLO ESPINOSA SCHIAPPACASSE, Abogado, Notario Suplente del Titular don Juan Espinosa Bancalari de la Notaría de Concepción, con oficio en calle O´Higgins Nº 528, Concepción; un extracto de dicha escritura fue inscrito en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Concepción, a Fojas 87, Nº 88, correspondiente al año 2013, y publicada en el Diario Oficial con fecha 12 de enero de 2013; b) La sociedad fue transformada a una Sociedad por Acciones con fecha 10 de octubre de 2015 suscrita ante don RICARDO SALGADO SEPULVEDA, abogado, Notario Público Titular de la 4° Notaría de Talcahuano, con oficio en Autopista N° 9000 local 22, Hualpén, un extracto de la escritura fue inscrito en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Concepción , a Fojas 2499 Vuelta, Nº 2041, correspondiente al año 2015, y publicada en el Diario Oficial N° 41.284 de fecha 17 de octubre de 2015. El capital social es de $2.000.000 de pesos, dividido en 100 acciones, completamente suscritas y pagadas. MODIFICACIÓN: A) La modificación del artículo PRIMERO de la escritura de CONSTITUCIÓN SOCIAL, de la siguiente manera: “ARTÍCULO PRIMERO: El nombre o razón social de la sociedad será “AVATAR SUR SpA”. B) La modificación del artículo SEGUNDO de la escritura de CONSTITUCIÓN SOCIAL, en el sentido que el objeto de la sociedad será: “ARTICULO SEGUNDO: El objeto de la sociedad será: a) La comercialización, compra, venta directa o cualquier modo de venta, permuta, consignación, importación, exportación, acopio, arrendamiento, subarrendamiento, comodato, leasing, diseño, producción, fabricación, elaboración, desarrollo, mantención, reparación, instalación, transporte y distribución de todo tipo de bienes y/o servicios, nacionales o extranjeros, muebles o inmuebles, al por mayor o al por menor, aplicables a cualquier tipo de industria, y demás actividades complementarias y/o relacionadas incluyendo, sin limitación, la explotación en el país y/o en el exterior de patentes de invención, modelos de utilidad, software, programas de computación, marcas de fábrica, diseños y modelos industriales; b) La realización de toda clase de negocios e inversiones inmobiliarias, pudiendo realizar, por cuenta propia o ajena, todo tipo de transacciones comerciales en inmuebles urbanos o rurales, como comprar, vender, gravar, arrendar, subarrendar y administrar toda clase de bienes raíces; además de la prestación de asesorías relacionadas al rubro y el desarrollo de proyectos de arquitectura, construcción, urbanismo e ingeniería en construcción habitacional, comercial, industrial y de infraestructuras; c) construir por cuenta propia o ajena, y bajo cualquier modalidad, toda clase de edificaciones, efectuar, administrar y disponer de toda clase de inversiones mobiliarias e inmobiliarias, formar, constituir o integrar sociedades, empresas, asociaciones o corporaciones de cualquier naturaleza, para el adecuado desarrollo de los fines sociales; d) El desarrollo de cualquier otra actividad complementaria a las anteriores, tal como efectuar y desarrollar toda clase de inversiones y/o negocios por cuenta propia o ajena, relativos a todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización y/o administración; e) El ejercicio de todo tipo de representaciones, mandatos, comisiones y consignaciones de empresas, sociedades y/o particulares, sean estos nacionales o extranjeros; f) Concurrir a la formación y/o participar en toda clase de sociedades de personas, de capitales o anónimas, comunidades y asociaciones en general”. C) En todo lo no modificado por este instrumento, se mantendrá lo señalado en el estatuto social en los mismos términos estipulados en él.- Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 24 de enero de 2025.