SOCIEDAD DE CONSTRUCCION PROMASTER SpA
Instrumento
- Fecha
- 23 de enero de 2024
- Repertorio
- 247-2025
- Notario
- VICTOR MARCELO TOLEDO MACHUCA
- Oficio
- Segunda Notaría de Coronel
- Comuna
- Coronel
Sociedad
- Capital
- $5.000.000 CLP
- Domicilio
- la comuna de Coronel
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La sociedad tendrá por
Administración
corresponderá a CAMILO ALEJANDRO FREIRE PARRA;
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalAnte mí, VICTOR MARCELO TOLEDO MACHUCA, notario público de la Segunda Notaría de Coronel, con oficio en la comuna de Coronel, calle Cochrane N°130, segundo piso. Certifico: Que por escritura pública de 23 de enero 2024, repertorio 247-2025, ante mí, compareció CAMILO ALEJANDRO FREIRE PARRA, de nacionalidad chilena, operador mixer, estado civil soltero, cédula nacional de identidad N°17.847.603-3, domiciliado en Avenida Federico Schwager número 4371, Escuadrón Oriente, Coronel, constituye Sociedad Por Acciones; Nombre: “SOCIEDAD DE CONSTRUCCION PROMASTER SpA" o “PROMASTER SpA”; Domicilio: La sociedad tendrá su domicilio en la comuna de Coronel, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pueda establecer en Chile o en el extranjero; Duración: Indefinida; Objeto. La sociedad tendrá por objeto: a) Ejecutar toda clase de obras de construcción, ingeniería, arquitectura, demoliciones, loteos y urbanizaciones, la compraventa, permuta, arrendamiento, subarrendamiento y la celebración de cualquier otro contrato sobre terrenos, obras civiles, edificaciones en general, bienes o equipos utilizables en el ramo de la construcción o edificación, construcciones o reparaciones de edificios, construcción de caminos, puentes, túneles, aeropuertos, obras públicas en general, construcción y pavimentación de aceras y calzadas, obras de vía férrea, embalses y canales, construcción de piscinas, obras sanitarias y alcantarillado, construcción de campos de deportes, servicios de contratistas o subcontratistas, obras de ingeniería civil y mecánica; asimismo la sociedad podrá tener la representación de productos o marcas, servir de agente, consignatario, comisionista o intermediario; b) La urbanización y dotación de inmuebles, urbanos o rurales; c) La dedicación y ejecución por cuenta propia o ajena a todo tipo de construcciones, sean casas independientes, en condominios, edificios de departamentos en terrenos propios o contratados al efecto, cuyas obras las ejecutará vía sistemas de contratos, subcontrataciones u otros análogos, sin perjuicio de realizar además demoliciones, desconstrucciones o construcciones de todas obras civiles viales o vías públicas, calles, veredas o puentes, mediante maquinarias, herramientas o insumos al efecto, contratando tanto con personas privadas, instituciones públicas con planes, licitaciones o convenios aprobados por y/o para el Serviu, Ministerio de Obras Públicas, Ministerio de la Vivienda o Municipalidades; d) La adquisición, comercialización, administración y explotación de toda clase de inmuebles, urbanos o rurales, rústicos o no rústicos, por compraventa, arrendamiento, corretaje, loteo, subdivisión, construcción, urbanización, y cualquier otro título; por cuenta propia o ajena; así como toda actividad relacionada con el rubro inmobiliario y de la construcción, proyectos y ejecución de obras civiles, compra venta y comercialización de insumos para la ejecución de las actividades relacionadas, y en general todas aquellas actividades que digan relación con el giro u objeto recientemente señalado; e) Asesorías en los campos de ingeniería, construcción y arquitectura. Asimismo, la inversión de capitales en toda clase de bienes sean estos corporales o incorporales, la explotación de estos en cualquiera de sus formas y la administración y disposición de tales inversiones, la promoción y explotación de negocios inmobiliarios; y cualquier otra actividad que los socios acuerden. Administración: corresponderá a CAMILO ALEJANDRO FREIRE PARRA; Capital Social: $5.000.000, dividido en 5 acciones, de una sola serie, con el valor nominal de un millón de pesos por acción, suscribe y paga en este acto el constituyente e ingresada a caja social. Demás estipulaciones en escritura extractada.- Coronel, 24 de enero de 2025.- Doy fe.