MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

INVERSIONES MAYECO SpA

RUT 76708846-9 CVE 2603261
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
29 de noviembre de 2024
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
29 de noviembre de 2024
Repertorio
6251-24
Notario
EVALDO DANIEL REHBEIN UTRERAS
Oficio
29ª Notaría Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP

Objeto social

La sociedad tendrá por

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

EVALDO DANIEL REHBEIN UTRERAS, Notario Público, Titular 29ª Notaría Santiago, Mac - Iver 225, oficina 302, Santiago, certifico: Por escritura pública de fecha 29 de Noviembre de 2024, Repertorio N°6251-24, ante el Notario suplente don EUGENIO ALBERTO SAN MARTIN TRUFFY, JUAN MAURICIO HERRERA OBERREUTER, y, CONSTANZA VALENTINA HERRERA MUÑOZ; ambos en Avenida Presidente Riesco N° 5.335, oficina 606, Las Condes, en sus calidades de únicos y actuales accionistas, acordaron modificar sin forma de junta INVERSIONES MAYECO SpA, inscrita fojas 53.648, Nº 23.353, Registro Comercio Santiago, 2023, siguiente sentido: (UNO) Creación Series de Acciones: Acciones Serie A, preferente, y Acciones Serie B limitada. Capital queda: $1.000.000, dividido 1.000.000 acciones íntegramente suscritas y pagadas, de las cuales 800.000 corresponden a la Serie A preferente, y 200.000 corresponden a la Serie B limitada. (DOS) Aumento De Capital: Se aumentó capital social de $1.000.000, dividido 1.000.000 acciones, de las cuales 800.000 corresponden a la Serie A preferente, y 200.000 corresponden a la Serie B limitada, a $56.000.000, dividido 56.000.000 de acciones nominativas y sin valor nominal, mediante emisión de 27.200.000 acciones de pago Serie A, y 27.800.000 acciones de pago Serie B. (TRES) Otras materias: Se modificó la administración de la Sociedad. (CUATRO) Modificación Estatutos: Se procedió a fijar texto de nuevos estatutos, siguientes términos: Nombre: INVERSIONES MAYECO SpA. Capital: $56.000.000, dividido 56.000.000 acciones nominativas y sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas, de las cuales 28.000.000 corresponden a la Serie A preferente; y 28.000.000 acciones corresponden a la Serie B limitada. Preferencia Serie A: i) Plenos derechos políticos y derecho único y exclusivo para designar al o los administradores de la Sociedad, por el plazo máximo de 30 años contados a partir de fecha de escritura o hasta que acontezca el fallecimiento del o los accionistas titulares de esta Serie, lo que ocurra primero, momento en el cual las Acciones Serie A perderán esta preferencia de pleno derecho; y, ii) Derecho a percibir dividendos hasta por la suma de $733.205.319 por total periodo que dure preferencia. Perdidas preferencias enunciadas, Acciones Serie A pasarán de pleno derecho a ser ordinarias sin preferencia. Limitación Serie B: i) Por el plazo máximo de 30 años contados a partir de fecha de escritura o hasta que acontezca el fallecimiento del o los accionistas titulares de la Serie A, no tendrán derecho a voto en las Juntas de Accionistas de la Sociedad, y no se computarán para el cálculo de los quórum; y, ii) No tendrán derecho a percibir dividendos mientras la Serie A de acciones mantenga vigente su preferencia. Objeto: La sociedad tendrá por objeto: a)realizar todo tipo de inversiones, sean éstas en bienes muebles, inmuebles o valores mobiliarios, pudiendo ejecutar todo tipo de actos o contratos relacionados con estas inversiones; b) promover toda clase de negocios; c) prestar asesoría en toda clase de inversiones, especialmente en valores mobiliarios tales como acciones, bonos, debentures y en efectos públicos o de comercio; d) participar en el financiamiento de empresas, administrarlas, tomar parte como socio de ellas en cualquier calidad y cualquiera sea su objeto, y en el caso de sociedad en comandita por acciones, participar en calidad de socio gestor y/o comanditario, celebrar contratos de asociación o cuentas en participación, asumiendo en ellas la calidad de gerente o de partícipe inactivo y en general, aceptar, y ejecutar toda clase de comisiones y mandatos; e) importar, exportar, comprar, vender, fabricar, distribuir y comercializar cualquier clase de productos y mercaderías; f) asumir la representación de empresas extranjeras; g) para el cumplimiento del objetivo social, la sociedad podrá ejecutar toda clase de actos de comercio y actividades que se relacionen con éste, especialmente, los que tiendan a su financiamiento; h) la sociedad podrá, además, realizar todos los demás negocios que los socios de común acuerdo convengan; i) toda clase de inversiones en Chile o en el extranjero, en todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, en valores mobiliarios y efectos de comercio, inclusive en acciones, bonos, y debentures, derechos, cuotas de fondos mutuos, o participaciones en cualquier clase de sociedad o asociación, pudiendo celebrar toda clase de actos y contratos que conduzcan al cumplimento de este objeto, incluso formar sociedades, administrarlas y percibir sus frutos. Para el logro de sus objetivos, la sociedad podrá concurrir a la constitución de sociedad de cualquier clase o naturaleza o de comunidades o asociaciones en general, ingresar a las ya constituidas y concurrir a la modificación, disolución y liquidación de aquella de que forme parte. Demás estipulaciones constan escritura extractada. Santiago, 24 de Enero de 2025.