INVERSIONES BISOJA SpA
Instrumento
- Fecha
- 10 de diciembre de 2024
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $20.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJAVIERA PAZ ERAZO HERMOSILLA, Abogada, Notario Suplente, del Titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago, de don JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA, según Decreto Judicial que se protocoliza en esta Notaría, con oficio en calle Huérfanos número ochocientos treinta y cinco, piso dieciocho, comuna de Santiago, certifico: Por escritura pública de fecha 10 de diciembre de 2024, ante el titular, se redujo a escritura pública acta de Junta Extraordinaria de Accionistas de INVERSIONES BISOJA SpA, inscrita a fojas 78 vuelta número 100 del Registro de Comercio de Casablanca correspondiente al año 2007 (la “Sociedad”) en que la unanimidad de las acciones acordó: A. División. Dividir la Sociedad en tres sociedades: (i) Inversiones Bisoja SpA, continuadora legal, que conservará el nombre o razón social, con su misma personalidad jurídica y rol único tributario; (ii) Una segunda sociedad, con naturaleza jurídica de sociedad por acciones que surge y se forma como consecuencia de la división y que girará bajo la razón social de “Inmobiliaria Bisoja SpA”; y (iii) una tercera sociedad, cuya naturaleza jurídica será la de una sociedad por acciones y que girará bajo la razón social “Bisoja Investments SpA”. Estas nuevas sociedades les fueron asignados los activos, pasivos cuentas de patrimonio de la Sociedad que se indican en la escritura extractada. B. Disminución de Capital. Como consecuencia de la división antedicha, se acordó disminuir el capital de la Sociedad de la suma de $20.000.000 dividido en 20.000.000 acciones a la cantidad de $2.200.000 dividido en 2.200.000 acciones nominativas, ordinarias, de una única serie, de igual valor cada una y sin valor nominal. C. Modificación de Estatutos: Se modificó el Artículo Quinto del estatuto social en el sentido de indicar que el capital asciende a $2.200.000 dividido en 2.200.000 acciones nominativas, ordinarias, de una única serie, de igual valor cada una y sin valor nominal. Se modificó, asimismo, el Artículo Primero Transitorio, dando cuenta de suscripción y pago total del capital.Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 24 de enero de 2025.