INGENIERIA Y GEOMENSURA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 24 de enero de 2025
- Notario
- CRISTOPHER ANDRES ROLACK FUENTES
- Oficio
- Segunda Notaría de Castro
- Comuna
- Castro
Administración
Modifican cláusula cuarta de la escritura de constitución social en el sentido de indicar que la administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a MANUEL ALEJANDRO NORAMBUENA PRADENAS, quien, actuando individualmente, directamente o a través de apoderados especialmente designados por escritura pública o instrumento privado, estarán investidos con las siguientes facultades y poderes, que se mencionan en la séptima de la escritura de modificación social, incorporando y sin que la enumeración sea taxativa, la facultad de autocontratar. En todo lo que no se modifica, seguirán vigentes estipulaciones pacto social y modificaciones practicadas y que no se modifican
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| INGENIERIA Y GEOMENSURA LIMITADA o INGESAT LIMITADA | socio | 76280090-K | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCRISTOPHER ANDRES ROLACK FUENTES, Notario Público de la Segunda Notaría de Castro, con oficio en Gamboa 481, comuna de Castro, certifico: Por escritura pública de fecha veintidós de enero de dos mil veinticinco, Repertorio Número 164-2025, otorgada ante mí, MANUEL ALEJANDRO NORAMBUENA PRADENAS, chileno, soltero, Ingeniero Geomensor, C.I N°11.895.326-6 y MANUEL HERMINDO NORAMBUENA HIDALGO, chileno, casado, Técnico topógrafo, C.I N°5.048.600-1, modifican sociedad INGENIERIA Y GEOMENSURA LIMITADA o INGESAT LIMITADA, RUT 76.280.090-K constituida por escritura pública de 22 octubre del 2004, otorgada ante el Notario Público de Castro don Arcadio Pérez Bórquez e inscrita a fojas 132 vuelta N°110 del Registro de Comercio del 2004 a cargo del Conservador de Castro. Son únicos socios: MANUEL HERMINDO NORAMBUENA HIDALGO con 80% de los derechos sociales y MANUEL ALEJANDRO NORAMBUENA PRADENAS con 20% de los derechos sociales. Modificación consiste: Cesión de Derechos. MANUEL HERMINDO NORAMBUENA HIDALGO, vende, cede y transfiere el 78% de sus derechos o participación social que tiene en sociedad a MANUEL ALEJANDRO NORAMBUENA PRADENAS, quien acepta, compra y adquiere para sí, en $2.744.000, pagado contado, dinero en efectivo, recibidos a entera conformidad. Como consecuencia cesión, capital social queda siguiente manera: a) don MANUEL ALEJANDRO NORAMBUENA PRADENAS con un 98% de los derechos sociales; b) don MANUEL HERMINDO NORAMBUENA HIDALGO con 2% de los derechos sociales. Administración. Modifican cláusula cuarta de la escritura de constitución social en el sentido de indicar que la administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a MANUEL ALEJANDRO NORAMBUENA PRADENAS, quien, actuando individualmente, directamente o a través de apoderados especialmente designados por escritura pública o instrumento privado, estarán investidos con las siguientes facultades y poderes, que se mencionan en la séptima de la escritura de modificación social, incorporando y sin que la enumeración sea taxativa, la facultad de autocontratar. En todo lo que no se modifica, seguirán vigentes estipulaciones pacto social y modificaciones practicadas y que no se modifican. Demás estipulaciones, escritura extractada. Doy fe. Castro, 24 de enero de 2025.