FABRICA DE BOLSAS PLÁSTICAS JUNAPLAS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 20 de enero de 2025
- Repertorio
- 451/2025
- Notario
- OSCAR EDUARDO CELIS DIAZ
- Domicilio
- doña MYRIAM AMIGO ARANCIBIA
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalOSCAR EDUARDO CELIS DIAZ, Abogado, Notario Público Suplente de doña MYRIAM AMIGO ARANCIBIA, Notario Público Titular de la 21ª Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos Nº578, Santiago. Certifica: Por escritura pública de fecha 20 de enero del año 2025, repertorio 451/2025, otorgada ante mí, don JULIO JOSÉ RUIZ MARTIN, cédula de identidad número seis millones seiscientos ochenta y ocho mil ciento seis guión siete y doña GLADYS PATRICIA SOLEDAD WOOD VILASAU, cédula de identidad número siete millones ochenta mil trescientos trece guión cinco, ambos domiciliados para estos efectos en Calle Juan Francisco Rivas número nueve mil quinientos noventa y cinco, casa C, comuna de El Bosque, Región Metropolitana, modificaron sociedad de responsabilidad limitada “FABRICA DE BOLSAS PLÁSTICAS JUNAPLAS LIMITADA”, Rol Único Tributario número setenta y ocho millones setecientos ochenta mil novecientos noventa guión uno, en el siguiente sentido: AUMENTO DE CAPITAL. Se aumenta el capital social actual de CINCUENTA Y TRES MILLONES TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS SETENTA Y OCHO PESOS a CIENTO CINCUENTA Y TRES MILLONES TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS SETENTA Y OCHO PESOS, mediante aporte en dinero en efectivo que hace en este acto el socio don JULIO JOSÉ RUIZ MARTIN por la suma de CIEN MILLONES DE PESOS que ingresan a la caja social íntegramente. En virtud de lo anterior, el Capital Social queda a partir de esta fecha distribuido de la siguiente forma: “El capital de la Sociedad es la suma de CIENTO CINCUENTA Y TRES MILLONES TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS SETENTA Y OCHO PESOS, el cual se encuentra íntegramente pagado y respecto del cual cada socio queda con la siguiente participación: A) Don JULIO JOSÉ RUIZ MARTIN, tiene una participación del SETENTA Y UNO COMA SETENTA Y DOS POR CIENTO por ciento, en virtud de que a la fecha ha aportado a la sociedad: a) La suma de DIEZ MILLONES DE PESOS como capital inicial al momento de constituir la sociedad y b) La suma de CIEN MILLONES DE PESOS como capital aportado en virtud de aumento de capital suscrito con esta fecha; y B) Doña GLADYS PATRICIA SOLEDAD WOOD VILASAU, tiene una participación del VEINTIOCHO COMA VEINTIOCHO por ciento, en virtud de que a la fecha ha aportado a la sociedad: a) La suma de DOS MILLONES DE PESOS como capital inicial al momento de constituir la sociedad y b) La suma de CUARENTA Y UN MILLONES TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS SETENTA Y OCHO PESOS como capital aportado en virtud de aumento de capital realizado mediante escritura pública de fecha trece de enero del año dos mil”. Las utilidades y pérdidas de la sociedad acuerdan que serán repartidas entre los socios don JULIO JOSÉ RUIZ MARTIN y doña GLADYS PATRICIA SOLEDAD WOOD VILASAU en una proporción del ochenta por ciento para el primero y del veinte por ciento para la segunda. Demás estipulaciones en escritura extractada.