CONSTITUCIÓN Cooperativa

COOPERATIVA DE TRABAJO ERRADICA

CVE 2603171
Fecha instrumento
15 de noviembre de 2024
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
15 de noviembre de 2024
Repertorio
458/2025
Notario
suscrita ante don Rodrigo Andrés Farías Picón
Oficio
Primera Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Domicilio
La Cooperativa está domiciliada en Santiago, pudiendo establecer agencias, sucursales o representaciones en cualquier punto del país
Duración
Indefinida

Objeto social

La Cooperativa tiene como objetos específicos la actividad de producir o transferir bienes o prestar servicios a terceros, mediante el trabajo mancomunado de sus socios y socias; y cuya retribución debe forjarse a la labor realizada por cada cual. La cooperativa observará neutralidad política y religiosa y exigirá a sus socios y socias; igual neutralidad en sus actividades internas. La Cooperativa observará neutralidad política y religiosa y exigirá a sus socios igual neutralidad en sus actividades internas. Cuatro: El Capital suscrito y pagado es de quinientos mil pesos, dividido en quinientas cuotas de participación, de un valor inicial de mil pesos cada una, que los socios y socias suscriben y pagan en este acto, en el equivalente a cien cuotas de participación cada una de las socias constituyentes. Cinco:

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

NATALIA ALEJANDRA BURGOS FLORES, Abogado, Notario Suplente del Titular de la Octava Notaría de Santiago de don Luis Ignacio Manquehual Mery, Huérfanos 941 local 302, Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 09/enero/2025, repertorio 458/2025, ante mí, doña Paulina Rebolledo Oyarzún y doña Consuelo Patricia Zarzar Argel, sanean escritura pública de fecha 15 de noviembre de 2024, bajo el repertorio 15.143 de 2024 suscrita ante don Rodrigo Andrés Farías Picón, Notario Público Interino de la Primera Notaría de Santiago, la que da cuenta de la reducción del Acta de la Junta General Constitutiva de la Cooperativa de Trabajo Errádica, celebrada con fecha doce de noviembre del dos mil veinticuatro. Uno. Socias constituyentes: Concurrieron cinco socias a la constitución de la Cooperativa Sras. Paulina Rebolledo Oyarzún, Tamara Alexandra González Castillo, Consuelo Patricia Zarzar Argel, Karin Nicole Carrasco Cáceres y Giannina Lorena Jaramillo Cabezas, quienes se individualizaron en la nómina que se acompañó al final de dicha acta y quedó protocolizada bajo el número quince mil ciento cuarenta y tres conjuntamente con la referida reducción del acta de constitución de la cooperativa. Dos. Razón Social: COOPERATIVA DE TRABAJO ERRADICA, de nombre de fantasía ERRADICA COOP. y se regirá por la Ley General de Cooperativas, su Reglamento, el Estatuto Social y las demás disposiciones legales que le sean aplicables. Tres. Objeto Social: La Cooperativa tiene como objetos específicos la actividad de producir o transferir bienes o prestar servicios a terceros, mediante el trabajo mancomunado de sus socios y socias; y cuya retribución debe forjarse a la labor realizada por cada cual. La cooperativa observará neutralidad política y religiosa y exigirá a sus socios y socias; igual neutralidad en sus actividades internas. La Cooperativa observará neutralidad política y religiosa y exigirá a sus socios igual neutralidad en sus actividades internas. Cuatro: El Capital suscrito y pagado es de quinientos mil pesos, dividido en quinientas cuotas de participación, de un valor inicial de mil pesos cada una, que los socios y socias suscriben y pagan en este acto, en el equivalente a cien cuotas de participación cada una de las socias constituyentes. Cinco: Duración: La Cooperativa tendrá una duración indefinida, sin perjuicio de las causales generales de disolución contempladas en la Ley General de Cooperativas. Seis: Domicilio: La Cooperativa está domiciliada en Santiago, pudiendo establecer agencias, sucursales o representaciones en cualquier punto del país. Demás estipulaciones en escritura de fecha 15 de noviembre de 2024 bajo el repertorio 15.143/2024, y escritura extractada.- Santiago, enero 10 de 2025.