MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

CENTRO MEDICO SALUD VIDA SpA

RUT 77032395-9 CVE 2603094
Fecha instrumento
27 de diciembre de 2024
Notaría
San Miguel
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
27 de diciembre de 2024
Notario
HECTOR CLAUDIO SOTO CANDIA
Oficio
Octava Notaría de San Miguel
Comuna
San Miguel

Sociedad

Duración
Que con tal finalidad los comparecientes ratifican íntegramente el contenido de la escritura de Saneamiento de Nulidad Formal y de su extracto en la forma que se expresó, con el propósito de salvar la omisión de la publicación

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

HECTOR CLAUDIO SOTO CANDIA, abogado, Notario Público Interino de la Octava Notaría de San Miguel, con oficio en Gran Avenida José Miguel Carrera número dos mil quinientos treinta y seis, de esta comuna, certifico que: Por escritura Pública de fecha 27 de Diciembre de 2024, repertorio número 735-2024, ante mí: don Jean Carlos Barros Pacheco, cédula de identidad para extranjeros con permanencia definitiva número veinticuatro millones ochocientos veintinueve mil cuatrocientos noventa y dos guion dos, con domicilio en calle Av. Irarrázaval número dos mil cuatrocientos uno, Comuna de Ñuñoa, y de paso por ésta, Región Metropolitana y doña Carol Dayana Morales Castillo, cédula de identidad para extranjeros con permanencia definitiva número veinticinco millones novecientos cuatro mil quinientos cuarenta y ocho guion siete, con domicilio en calle San Diego número mil cuatrocientos setenta y tres, Comuna de Santiago, y de paso por ésta, Región Metropolitana. La sociedad CENTRO MEDICO SALUD VIDA SPA, Rol Único Tributario número setenta y siete millones treinta y dos mil trescientos noventa y cinco guion nueve, fue modificada por escritura pública el día tres de mayo de dos mil veinticuatro otorgada en la Notaría de don Héctor Claudio Soto Candia y anotada con el repertorio número doscientos veintitrés guion dos mil veinticuatro, y su extracto se inscribió a fojas cuarenta y seis mil ciento tres, número veintitrés mil ciento treinta y siete, del año dos mil diecinueve del Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año dos mil veinticuatro, que la modificación de la sociedad antes indicada, se incurrió en el error de no publicarse en el Diario Oficial en su debido plazo. Que con tal finalidad los comparecientes ratifican íntegramente el contenido de la escritura de Saneamiento de Nulidad Formal y de su extracto en la forma que se expresó, con el propósito de salvar la omisión de la publicación.