Audit Global Auditores Consultores Limitada
Instrumento
- Fecha
- 8 de enero de 2025
- Repertorio
- 189-2025
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARCELO ANDRÉS DONOSO ARAYA, Notario Suplente de la Titular 48ª Notaría de Santiago, Patricia Valentina Manríquez Huerta, Av. Apoquindo N°3076, oficina 601, Las Condes, ante la titular, certifico que: Mediante escritura pública de fecha 8 de Enero de 2025, Repertorio N°189-2025, don Enzo Renato Godoy Rivera, domiciliado en Isidora Goyenechea 3.365, oficina 1.701, comuna de Las Condes; y, Enrique Alfonso Tala Sapag, domiciliado en Guardia Vieja 202, oficina 403, comuna de Providencia; acordaron en su carácter de únicos y actuales socios de “Audit Global Auditores Consultores Limitada”, cuyo extracto de constitución está inscrito a fojas 5.708 número 4.438 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, año 2004, vienen en complementar la modificación social efectuada por escritura pública de fecha 04 de junio de 2024, otorgada ante la Notario Público de Santiago doña Patricia Manríquez Huerta, con domicilio en Avda. Apoquindo 3.076, oficina 601, Las Condes, Santiago, y cuyo extracto fue inscrito a fojas 56.295 número 22.893 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, año 2024 y publicado en el Diario Oficial, con fecha 10 de julio del mismo año, en el sentido de modificar la cláusula sobre el capital, en función de las cesiones de derechos sociales que en ella se acordaron. Por lo anterior, se acuerda modificar la cláusula tercera del estatuto social, reemplazándola por la siguiente: “TERCERO: El capital social será la suma de diez millones de pesos que aportan y pagan de la siguiente forma: a) Don Enzo Renato Godoy Rivera aportó la cantidad de nueve millones de pesos, de contado y en dinero efectivo, ya ingresada en arcas sociales, equivalente al noventa por ciento del capital social; y b) Don Enrique Alfonso Tala Sapag aportó la cantidad de un millón de pesos, de contado y en dinero efectivo, ya ingresada en arcas sociales, equivalente al diez por ciento del capital social”. En todo lo no modificado queda plenamente válido y vigente el estatuto social original, en especial respecto a la limitación de responsabilidad de los socios al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 21 de enero de 2025.-