INVERSIONES Y PRESTACIONES VENSER SEIS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 31 de diciembre de 2024
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $301.977.196 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRODRIGO PINARES ALVARADO Notario Suplente de don FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL, Titular de la Segunda Notaría de Santiago, con oficio en Alcántara N.° 107, Las Condes , certifica: Que por escritura pública de fecha 31 de diciembre de 2024, bajo el repertorio N.° 84.179-2024, ante mí, INVERSIONES FALABELLA LIMITADA e INVERSIONES PARMIN SpA, ambos domiciliadas para estos efectos en Avenida Presidente Riesco N.° 5.685, piso 4, comuna de Las Condes, Santiago, modificaron la sociedad “INVERSIONES Y PRESTACIONES VENSER SEIS LIMITADA” (la “Sociedad”), inscrita a fojas 35.169 número 24.145 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2008, en el siguiente sentido: 1) Se aumentó el capital de la suma de $301.977.196.820 a $316.977.196.820, lo que implica un aumento de capital efectivo ascendente a $15.000.000.000, íntegramente pagado, al contado y en dinero efectivo por Inversiones Falabella Limitada. 2) En virtud de lo anterior, los actuales y únicos socios acordaron remplazar el Artículo Quinto de los estatutos sociales , por el siguiente: “ARTÍCULO QUINTO: Capital. El capital de la Sociedad es la cantidad de trescientos dieciséis mil novecientos setenta y siete millones ciento noventa y seis mil ochocientos veinte pesos, íntegramente pagado por sus socios en la siguiente proporción: a) Inversiones Falabella Limitada, la suma de trescientos dieciséis mil novecientos setenta y siete millones ciento noventa y seis mil quinientos setenta y ocho pesos, que equivale aproximadamente a un noventa y nueva coma nueve nueve nueve nueve nueve nueve nueve dos por ciento de los derechos sociales; y b) Inversiones Parmin SpA, la suma de doscientos cuarenta y dos pesos, que equivale aproximadamente a un cero coma cero cero cero cero cero cero cero ocho por ciento de los derechos sociales.”. 3) Socios reiteran que responsabilidad se mantiene limitada hasta el monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 17/01/2025. Rodrigo Pinares Alvarado. Notario Suplente.