Empresa Municipal de Electricidad de Melinka
Instrumento
- Fecha
- 7 de enero de 2025
- Notario
- Ante mí FERNANDO CRISTIAN ARANCIBIA MEZA
- Domicilio
- Cisnes
Sociedad
- Ley aplicable
- ley N°17.458
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalAnte mí FERNANDO CRISTIAN ARANCIBIA MEZA, abogado y Notario Público de Cisnes, Lago Verde y Las Guaitecas, con oficio en Santiago Amengual N°135, Puerto Cisnes, comuna de Cisnes. Por escritura pública de fecha 7 de enero de 2025, otorgada ante mí, el Alcalde DON BANS RAMIRO PUINAO CARIMONEY, chileno, soltero, Alcalde de la Comuna de Guaitecas, cédula de identidad número dieciséis millones novecientos setenta y cinco mil, trescientos cincuenta y nueve guion ocho (16.975.359-8) en representación de la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LAS GUAITECAS RUT N°69.253.399-3, modificó los estatutos de la empresa comercial de servicio público en conformidad con la ley N°17.458 “Empresa Municipal de Electricidad de Melinka”, la cual fuera constituida ante mí, con fecha 12 de noviembre de 2020, cuyo extracto fue publicado en el Diario Oficial, edición N°42.812 del día 23 de noviembre de 2020. La escritura de modificación fue celebrada ante mí con fecha 07 de enero de 2025, en la que se acordó lo siguiente: modificar el ARTÍCULO QUINTO, el cual deberá decir: La administración, la representación y uso de la razón social corresponderá a don BANS RAMIRO PUINAO CARIMONEY, mientras ostenta el cargo de Alcalde Titular de la comuna de Guaitecas o quien lo reemplace, pudiendo delegar dicha representación en un administrador de dicha empresa con las atribuciones y delegaciones de facultades que establezcan, quien actuando por la empresa y anteponiendo la razón social a su firma, la representará con las más amplias facultades pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos y, sin que la enumeración siguiente tenga carácter de taxativo; Se modificó el ARTÍCULO OCTAVO, el cual deberá decir: El capital social de la empresa será la suma de cuatro mil quinientos millones de pesos, correspondiente al valor del sistema eléctrico actualmente en funcionamiento en las comuna de Las Guaitecas que está compuesto por equipos generadores, sus herramientas, accesorios, stock de repuestos, toda las instalaciones y equipos de medida que componen la red de distribución correspondiente actualmente en normal funcionamiento que suministra dicho servicio de generación y distribución eléctrica, aportados por la Ilustre Municipalidad de Guaitecas. Además de los bienes referidos precedentemente, conformarán el patrimonio de la de la empresa: todos los bienes que ella adquiera a cualquier título y los frutos civiles o naturales que ellos produzcan y las herencias, legados, donaciones, erogaciones y subvenciones que ella obtenga de personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, nacionales o extranjeras; Por medio del ARTÍCULO CUARTO de la escritura modificatoria, se revocaron y dejaron sin efecto en todas sus partes la delegación de funciones contenidas en el numeral quinto de los estatutos de Ia empresa, en las funcionarias municipales doria YASNA ELIZABETH SOLIS URIBE, cedula de identidad N°13.640.436-2, funcionaria de planta, directiva grado 7 ESM, Directora de administración y Finanzas de la Ilustre Municipalidad de Guaitecas, y doria GABRIELA ANDRADE CALIXTO, CEDULA DE IDENTIDAD N°16.934.608-4 funcionaria contrata grado 13 ESM, Encargada de Tesorería de la Ilustre Municipalidad de Guaitecas; Por medio del ARTÍCULO QUINTO de la escritura modificatoria, se delegaron las funciones contenidas en el numeral quinto de los estatutos de Ia empresa, es decir, las facultades de aceptar, re aceptar, girar y sobre girar, pagar, endosar, descontar, prorrogar, cobrar, cancelar y protestar, depositar, re depositar, revalidar y vender letras de cambio, cheques, libranzas, pagares, vales en cobranza, y demás documentos civiles y mercantiles ya sea a Ia orden, al portador o nominativos, incluyendo toda clase de documentos bancarios, celebrar con los bancos comerciales e instituciones de crédito, corporaciones de derecho público, privado, sociedades civiles, comerciales o de otro orden, con el Banco del Estado de Chile u otro Banco o institución financiera, con particulares, o con cualesquiera otra institución nacional, extranjeras o internacionales, contratos de préstamo, de mutuo, comodato, de depósito, de cuentas corrientes bancarias y mercantiles, de Ia manera que esta se exprese sea de depósito o de crédito girar y sobregirar dichas cuentas, cerrarlas, retirar libretos o talonarios de cheques, dar órdenes de no pago y reconocer o impugnar saldos o cartolas en cuenta corriente Mercantil o bancaria, retirar depósitos a Ia vista, a plazo o condicionales. Especialmente se delega la facultad de poder firmar cheques a de operar la cuenta corriente en calidad de giradores de la Empresa Municipal de Electricidad de Melinka del Banco Estado número 84309000179 de nombre “I. Municipalidad de Guaitecas Empresa Eléctrica”, en las funcionarias municipales YASNA ELIZABETH SOLIS URIBE, cédula de identidad N°13.740.436-2 funcionaria de planta, directiva grado7 ESM, directora de Administración y finanzas de la Ilustre Municipalidad de Guaitecas, y don PABLO SEGUNDO CUYUL BARRIA, cédula de identidad N°17.718.040-2, funcionario de planta grado 12 ESM, Tesorero de la Ilustre Municipalidad de Guaitecas, pudiendo ambas, de forma conjunta o separada con los actuales operadores, actuar en calidad de giradoras u operadoras de la cuenta corriente, con amplias a idénticas facultades a la de los actuales operadores de la cuenta corriente de la empresa. Puerto Cisnes, 22 de enero de 2025.