AMERICA REMATES SpA
Instrumento
- Fecha
- 20 de diciembre de 2024
- Repertorio
- 36615/2024
- Notario
- ALVARO DAVID GONZÁLEZ SALINAS
- Oficio
- 42° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $152.396 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALVARO DAVID GONZÁLEZ SALINAS, abogado, Notario Público Titular de la 42° Notaría de Santiago, con oficio en Avenida Apoquindo Nº 3.001, piso 2, Comuna de Las Condes, Región Metropolitana, certifica: por escritura pública de fecha 20 de diciembre de 2024, Repertorio Nº36.615/2024, ante mí, doña FABIOLA ANDREA NUÑEZ SASMAY, domiciliada, para estos efectos, en calle Lahual 246, comuna de Maipú, Región Metropolitana, quien en su calidad de única accionista de AMERICA REMATES SpA, inscrita a fojas 77.423 número 33.776 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2022, viene en modificar lo siguiente: A) aumentar el capital en la suma de $152.396.827 sin emitir nuevas acciones. Así el capital pasa desde la suma de $5.000.000 dividido en 500 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie, sin valor nominal a la suma de $157.396.827, dividido en 500 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie, sin valor nominal; B) En razón de lo anterior, se modifica el estatuto social, en los siguientes términos: i) Se reemplaza el Artículo Quinto por el siguiente: “ARTÍCULO QUINTO: El capital de la Sociedad alcanza la suma de $157.396.827 dividido en 500 acciones nominativas, ordinarias y sin valor nominal. Las acciones de la Sociedad serán emitidas sin imprimir láminas físicas de dichos títulos”; y ii) Se reemplaza el Artículo Primero Transitorio por el siguiente: “DISPOSICIONES TRANSITORIAS: ARTÍCULO PRIMERO: El capital de la Sociedad alcanza a la suma de $157.396.827, dividido en 500 acciones, nominativas, ordinarias, sin valor nominal las que se encuentran íntegramente suscritas y parcialmente pagadas, de la siguiente forma: doña FABIOLA ANDREA NUÑEZ SASMAY ha pagado la suma de $5.000.000; debiendo pagar $152.396.827 en un plazo de tres años a contar de la fecha de esta escritura; D) En todo lo no modificado permanecen vigentes las estipulaciones del pacto social, dejando constancia que la presente escritura se suscribe de conformidad a lo estipulado en el artículo 427 del Código de Comercio.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- Certificado. El notario que autoriza certifica que, a la fecha de la escritura extractada, la compareciente figura como único accionista en el Registro respectivo. Se facultó al portador de copia autorizada para legalización. Santiago, 9 de enero de 2025.