CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD DE PROFESIONALES ASESORÍAS LEÓN Y LEÓN LIMITADA

CVE 2601927
Capital
$5.000.000 CLP
Fecha instrumento
17 de enero de 2025
Notaría
Las Condes
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
17 de enero de 2025
Notario
GONZALO HURTADO MORALES
Domicilio
Santiago
Comuna
Las Condes

Sociedad

Capital
$5.000.000 CLP
Domicilio
Santiago
Duración
Dos años contados desde fecha escritura, término que se entenderá tácita, automática y sucesivamente prorrogado por períodos iguales, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de término tomando nota al margen inscripción sociedad en el Registro de Comercio, con una anticipación mínima de seis meses al vencimiento del plazo original o prorrogado

Objeto social

Desarrollar las siguientes actividades: A) Prestación de servicios profesionales integrales en los ámbitos de la ingeniería civil y la auditoría contable. B) Consultoría, diseño, planificación, ejecución y supervisión de proyectos de ingeniería civil, incluyendo obras de infraestructura, edificaciones y obras públicas o privadas. C) Elaboración de informes técnicos y económicos relacionados con proyectos de inversión, estudios de factibilidad y planificación estratégica. D) Evaluación, certificación y control de calidad de obras civiles y procesos contables, así como gestión de proyectos, capacitaciones y asesoramiento. Y en general, la sociedad podrá realizar además todas aquellas actividades conexas, complementarias o afines al propósito social, desarrollando cualquier actividad en la cual tengan intereses los socios de común acuerdo, y sirva para llevar a cabo los intereses y objetivos sociales

Administración

La administración, representación y uso de la razón social corresponderá a JUAN GUILLERMO LEÓN BRAVO, exclusivamente, con amplias facultades

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

GONZALO HURTADO MORALES, abogado, Notario Público Santiago, titular Primera Notaría de Las Condes, Av. Apoquindo Nº 4943, certifico: Por escritura fecha 17/01/2025, ante mí Suplente doña LILIA SIERRA MEJIA, JUAN GUILLERMO LEÓN BRAVO, Dublé Almeyda 2200 dpto., 301, Ñuñoa, Región Metropolitana, y JOSÉ BENITO LEÓN DONOSO, Monte Alegre 1110 dpto., 1301, Las Condes, Región Metropolitana; constituyeron Sociedad Comercial de responsabilidad Limitada bajo el NOMBRE O RAZÓN SOCIAL: “SOCIEDAD DE PROFESIONALES ASESORÍAS LEÓN Y LEÓN LIMITADA”, pudiendo usar nombre fantasía “LEÓN Y LEON LIMITADA”. OBJETO: Desarrollar las siguientes actividades: A) Prestación de servicios profesionales integrales en los ámbitos de la ingeniería civil y la auditoría contable. B) Consultoría, diseño, planificación, ejecución y supervisión de proyectos de ingeniería civil, incluyendo obras de infraestructura, edificaciones y obras públicas o privadas. C) Elaboración de informes técnicos y económicos relacionados con proyectos de inversión, estudios de factibilidad y planificación estratégica. D) Evaluación, certificación y control de calidad de obras civiles y procesos contables, así como gestión de proyectos, capacitaciones y asesoramiento. Y en general, la sociedad podrá realizar además todas aquellas actividades conexas, complementarias o afines al propósito social, desarrollando cualquier actividad en la cual tengan intereses los socios de común acuerdo, y sirva para llevar a cabo los intereses y objetivos sociales. ADMINISTRACIÓN: La administración, representación y uso de la razón social corresponderá a JUAN GUILLERMO LEÓN BRAVO, exclusivamente, con amplias facultades. CAPITAL: $5.000.000, que socios aportan y enteran siguiente forma: A) JUAN GUILLERMO LEÓN BRAVO, $3.500.000, que entera de contado ingresado Caja Social. Y B) JOSÉ BENITO LEÓN DONOSO, $1.500.000, de contado ingresado Caja Social. Quedando distribuido el capital social como sigue: JUAN GUILLERMO LEÓN BRAVO, 70% y JOSÉ BENITO LEÓN DONOSO, 30%; enterándose de este modo el 100% de los derechos sociales y del capital social. RESPONSABILIDAD: La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. DURACIÓN: Dos años contados desde fecha escritura, término que se entenderá tácita, automática y sucesivamente prorrogado por períodos iguales, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de término tomando nota al margen inscripción sociedad en el Registro de Comercio, con una anticipación mínima de seis meses al vencimiento del plazo original o prorrogado.- DOMICILIO: Santiago, sin perjuicio de las agencias, sucursales o representaciones que pueda establecer en resto país o extranjero. Demás estipulaciones de escritura extractada.