SOCIEDAD AGRICOLA FERRER & FERRER LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 17 de enero de 2025
- Notario
- GERARDO ANDRES CARVALLO CASTILLO
- Domicilio
- Rancagua
- Comuna
- Rancagua
Sociedad
- Capital
- $30.000.000 CLP
- Domicilio
- Requínoa
- Duración
- Indefinida
Objeto social
a) la producción, Compra venta, comercialización, importación, y exportación de todo tipo de productos agrícolas; b) La prestación de servicios de distribución de productos agrícolas; y c) Podrá también realizar todas actividades conexas o conducentes a objetivos señalados u otros negocios que digan relación directa con giro de la sociedad y, en general, llevar a cabo por sí misma o a través terceros cualesquier negocio que acuerden los
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGERARDO ANDRES CARVALLO CASTILLO, Notario Público Rancagua, Titular de la Primera Notaria de Rancagua, oficio Campos 466, Rancagua, certifica: Por escritura pública hoy ante mí, Don RAMON ALEJANDRO FERRER OGAZ, Run 11.554.717-8, chileno, soltero, trabador, domiciliado en Avenida El Abra número cinco Lote cuatro, comuna de Requínoa, de paso en ésta, y don LUIS ANTONIO FERRER OGAS, Run 11.950.050-8, chileno, trabajador, soltero, domiciliado para estos efectos en Las Avenidas El Abra número cinco, de la comuna de Requínoa, paso en ésta, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada, bajo la RAZÓN SOCIAL: “SOCIEDAD AGRICOLA FERRER & FERRER LIMITADA”, con nombre de fantasía “AGRICOLA FERRER LTDA.” OBJETO: a) la producción, Compra venta, comercialización, importación, y exportación de todo tipo de productos agrícolas; b) La prestación de servicios de distribución de productos agrícolas; y c) Podrá también realizar todas actividades conexas o conducentes a objetivos señalados u otros negocios que digan relación directa con giro de la sociedad y, en general, llevar a cabo por sí misma o a través terceros cualesquier negocio que acuerden los socios. DOMICILIO: Requínoa, sin perjuicio de agencias o sucursales resto del país y extranjero. ADMINISTRACIÓN Y USO RAZÓN SOCIAL: Corresponderá a ambos socios conjuntamente, facultades cláusula cuarta escritura extractada. CAPITAL: $30.000.000.- aportado por socios en partes iguales, a razón de $15.000.000.- cada uno, enterados este acto, en dinero efectivo, en caja social participando cada uno 50% derechos sociales. DURACIÓN: Indefinida, a contar de esta fecha. Demás estipulaciones en escritura extractada. Rancagua, 17 de enero de 2025.