Constructora Los Ceibos Cinco Limitada
Instrumento
- Fecha
- 30 de noviembre de 2024
- Notario
- VALERIA RONCHERA FLORES
- Oficio
- Décima Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $9.860 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalVALERIA RONCHERA FLORES, Abogado, Notario Público Titular de la Décima Notaría de Santiago, con oficio en Agustinas N° 1287, comuna de Santiago, certifico: Por escritura pública de fecha 30 de noviembre de 2024, ante mí suplente GIOVANNI ANTONIO PIRAÍNO AVELLO, Inmobiliaria Almahue Limitada, domiciliada en calle Don Carlos N° 2939, oficina 309, Las Condes, Santiago, e Inversiones e Inmobiliaria Amaranto Limitada, domiciliada en calle Vecinal N° 151, oficina 3, comuna de Las Condes, Santiago, modificaron “CONSTRUCTORA LOS CEIBOS CINCO LIMITADA”, inscrita a fs. 15.279, bajo el número 12.607, en el Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año 2002, en adelante “la Sociedad”, en siguiente sentido: Uno) Aumentar el capital social de $9.860.995 a $134.286.491, esto es, en la suma de $124.425.496, mediante la capitalización íntegra de la cuenta contable de patrimonio denominada “Revalorización de Capital” y de parte de la cuenta contable “Otras reservas”, hasta por la suma de $119.461.165, que se entiende totalmente pagada en el acto y aportada por ambas socias en proporción al monto de sus respectivos aportes. Dos) Disminuir el capital en $119.461.165, mediante la absorción íntegra de la cuenta contable de patrimonio denominada “Pérdida Acumulada”. En consecuencia, el capital queda en $14.825.326, distribuido entre las socias en la siguiente proporción: a) Inmobiliaria Almahue Limitada, la suma de $2.223.799, equivalente al 15% de los derechos sociales, e Inversiones e Inmobiliaria Amaranto Limitada, la suma de $12.601.527, equivalente al 85% de los derechos sociales. Tres) Dar cuenta que la socia Inmobiliaria Almahue Limitada se retira de la Sociedad, con la expresa aceptación y conformidad de la otra socia devolviéndosele su aporte. Como consecuencia de lo anterior, se han reunido el cien por ciento de los derechos de la Sociedad en poder de Inversiones e Inmobiliaria Amaranto Limitada produciéndose de pleno derecho la disolución anticipada de la Sociedad, sin que sea necesario efectuar su liquidación, toda vez que aquélla pasa a ser su continuadora legal para todos los efectos que haya lugar, haciéndose cargo de todo su activo y pasivo. Otras estipulaciones constan escritura extractada. Santiago, 21 de enero de 2025.