MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

BULK SpA

RUT 77662938-3 CVE 2601621
Fecha instrumento
16 de diciembre de 2024
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
16 de diciembre de 2024
Repertorio
14339
Notario
JORGE LOBOS DIAZ
Oficio
Cuarta Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JORGE LOBOS DIAZ, Abogado, Notario Público Suplente de la Cuarta Notaría de Santiago, cuyo titular es don COSME FERNANDO GOMILA GATICA, con oficio en Carmencita, N°20, Comuna de Las Condes, Certifico: con fecha 19 de noviembre de 2024, repertorio N° 14.339, ante mi don ARTURO FRANCISCO DELL’ORO GARDEWEG, chileno, soltero, abogado, cédula de identidad número dieciocho millones novecientos treinta y cuatro mil ciento veintiocho guion ocho; don MARIO IGNACIO CRUZ MORALES, chileno, casado, ingeniero comercial, cédula de identidad número diecinueve millones ciento treinta y cuatro mil cuatrocientos sesenta y seis guion nueve; y don CRISTOBAL TAVERNE BARROS, chileno, soltero, factor de comercio, cédula de identidad número diecinueve millones seiscientos treinta y nueve mil novecientos treinta y seis guion cuatro; todos domiciliados para estos efectos en Badajoz cincuenta y siete, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, modificaron Sociedad por Acciones “Bulk SpA”, constituida por escritura pública de fecha doce de octubre de dos mil veintidós, otorgada en la Notaría de Santiago de don Cosme Fernando Gomila Gatica. El extracto de dicha escritura se inscribió el dieciocho de octubre de dos mil veintidós a fojas ochenta y cinco mil noventa y nueve, número treinta y siete mil doscientos setenta y ocho del Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año dos mil veintidós, y fue publicado en el Diario Oficial con fecha veinticinco de octubre de dos mil veintidós. Modificación: Por el presente instrumento, los accionistas de la Sociedad vienen en modificar los estatutos sociales de la siguiente manera. Aumento de capital: UNO/ Reemplazar el Artículo Quinto de los estatutos por el siguiente: "ARTÍCULO QUINTO. Capital. El capital de la Sociedad es un millón quinientos ochenta y siete mil trescientos pesos dividido en un millón quinientos ochenta y siete mil trescientas acciones ordinarias, nominativas y sin valor nominal, ha sido íntegramente suscrito y pagado de la siguiente forma: a) Arturo Francisco Dell´oro Gardeweg ha suscrito la cantidad de quinientas cincuenta y cinco mil quinientas cincuenta y cinco acciones ordinarias, nominativas y sin valor nominal, a un valor total de un quinientos cincuenta y cinco mil quinientos cincuenta y cinco pesos, los cuales se compromete a pagar en el plazo de tres años; b) Cristóbal Taverne Barros suscribió la cantidad de quinientas cincuenta y cinco mil quinientas cincuenta y cinco acciones ordinarias, nominativas y sin valor nominal, a un valor total de quinientas cincuenta y cinco mil quinientas cincuenta y cinco pesos, los cuales se compromete a pagar en el plazo de tres años; y, c) Mario Ignacio Cruz Morales suscribió la cantidad de cuatrocientos setenta y seis mil ciento noventa acciones ordinarias, nominativas y sin valor nominal, a un valor total de cuatrocientos setenta y seis mil ciento noventa pesos, los cuales se compromete a pagar en el plazo de tres años. El capital se suscribe y paga en la forma establecida en el Artículo Primero Transitorio de los estatutos.". DOS/ Reemplazar el Artículo Primero Transitorio de los estatutos por el siguiente: "ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO. Suscripción y Pago del Capital. El capital de la Sociedad es un millón quinientos ochenta y siete mil trescientos pesos dividido en un millón quinientos ochenta y siete mil trescientas acciones ordinarias, nominativas, sin valor nominal y de una misma serie, que se encuentran íntegramente suscritas y pagadas a esta fecha.” Demas estipulaciones, constan en escritura extractada. Santiago 16 de diciembre de 2024. Jorge Lobos Diaz, Notario Público Suplente.