INVERSIONES SG LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 20 de enero de 2025
- Repertorio
- 1155
- Notario
- EDUARDO DIEZ MORELLO
- Oficio
- 34° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Domicilio
- Santiago, comuna de Las Condes
- Duración
- La sociedad empezará a regir a contar de la fecha de la presente escritura y tendrá una duración de tres años, renovable tácita y sucesivamente por períodos iguales, si ninguno de los socios manifiesta su intención de ponerle término al final del período en que estuviera en curso, mediante escritura pública que se inscribirá al margen de la inscripción social, y se notificará al otro socio, en forma personal o por avisos o en la forma especial del artículo cuarenta y cuatro del Código de Procedimiento Civil, si procediere, o mediante carta certificada enviada por Notario Público al domicilio del otro socio, todo con una anticipación de a lo menos de seis meses antes del término del período que estuviere en curso
Objeto social
El objeto de la sociedad será: a) efectuar toda clase de inversiones, adquirir y enajenar acciones, bonos, debentures, pagarés, títulos de crédito, derechos en cualquier tipo de sociedades civiles, comerciales y mineras, y otros valores mobiliarios, bienes raíces o muebles; b) formar parte de toda clase de sociedades civiles o comerciales, cualquiera sea su objeto, adquirir acciones o derechos en ellas, modificar los estatutos de las que pase a ser socia o accionista y tomar parte en su administración y ser gestora de sociedades en comandita por acciones; y c) cualquier otra actividad permitida por la legislación chilena que los socios pudieren acordar en el futuro
Administración
La administración y uso de la razón social corresponderá a doña SHARON GAIL ENGLANDER CHAMUDES, quien podra actuar por la Sociedad según facultades que se señalan en escritura
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEDUARDO DIEZ MORELLO, Abogado, Notario Público, Titular de la 34° Notaría de Santiago, con oficio en Avenida Luis Thayer Ojeda N°359, Providencia, Santiago, certifica que por escritura pública otorgada con fecha 20 de Enero de 2025, ante mí, Repertorio N°1.155, JAVIER FERNANDO CONTESSE NOVOA, chileno, casado, empresario, cédula de identidad número 15.331.130-7, y doña SHARON GAIL ENGLANDER CHAMUDES, chilena, casada, empresaria, cédula de identidad número 9.619.099-9, ambos domiciliados en calle Nibaldo Correa N°685, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, constituyeron una sociedad de responsabilidad Limitada: “INVERSIONES SG LIMITADA”. Domicilio: Santiago, comuna de Las Condes. Objeto: El objeto de la sociedad será: a) efectuar toda clase de inversiones, adquirir y enajenar acciones, bonos, debentures, pagarés, títulos de crédito, derechos en cualquier tipo de sociedades civiles, comerciales y mineras, y otros valores mobiliarios, bienes raíces o muebles; b) formar parte de toda clase de sociedades civiles o comerciales, cualquiera sea su objeto, adquirir acciones o derechos en ellas, modificar los estatutos de las que pase a ser socia o accionista y tomar parte en su administración y ser gestora de sociedades en comandita por acciones; y c) cualquier otra actividad permitida por la legislación chilena que los socios pudieren acordar en el futuro. Capital: El capital social será la suma de cuatrocientos treinta y nueve millones setecientos trece mil novecientos treinta y nueve pesos, que los socios aportan y pagan de la siguiente forma: a) Don Javier Fernando Contesse Novoa, con la suma de cuatro millones trescientos noventa y siete mil ciento treinta y nueve pesos, que entera y paga al contado y en dinero efectivo, que ingresa en este acto a la caja social, aporte que en suma equivale al uno por ciento del capital social. y b) Doña Sharon Gail Englander Chamudes, con la suma de cuatrocientos treinta y cinco millones trescientos dieciséis mil ochocientos pesos, que entera y paga con el aporte de: A) Todos los derechos que tiene del inmueble ubicado en calle Nibaldo Correa número seiscientos ochenta y cinco, que corresponde al sitio número nueve de la manzana O, del Fundo San Pascual, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, que deslinda: Norte, en veinticinco metros con sitio ocho; Sur, en veinticinco metros con sitio diez; Oriente, en dieciséis metros con calle Nueva número cuatro, hoy Nibaldo Correa; Poniente, en dieciséis metros con sitio número veinte. Este inmueble rola inscrito a fojas noventa y cinco mil ochocientos dos, número ciento treinta y cinco mil seiscientos cuarenta y dos del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año dos mil dieciocho. Inmueble que se avalúa en la suma de diez mil cuatrocientas cincuenta unidades de fomento, que a la fecha de suscripción de la presente escritura pública equivalen a cuatrocientos un millon quinientos treinta mil ochocientos pesos. B) Todos los derechos que tiene respecto del inmueble ubicado en el lugar La Vega de Pupuya, comuna de Navidad, Provincia Cardenal Caro, Sexta Región, que deslinda: Este, Antonio Monasterio en línea recta de setenta y dos metros y servidumbre de tránsito; Sur, Gabriel Prado en línea recta de setenta y dos metros, separado por cerco; Noroeste, Mar chileno en línea recta de cien metros con sesenta centímetros, separado por cerco. Este inmueble rola inscrito a fojas tres mil trescientos noventa y dos, número dos mil novecientos veinticuatro del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Litueche correspondiente al año dos mil diecinueve. Inmueble que se avalúa en la suma de treinta y tres millones setecientos ochenta y seis mil pesos. Aportes que en suma equivalen al noventa y nueve por ciento del capital social. Duración: La sociedad empezará a regir a contar de la fecha de la presente escritura y tendrá una duración de tres años, renovable tácita y sucesivamente por períodos iguales, si ninguno de los socios manifiesta su intención de ponerle término al final del período en que estuviera en curso, mediante escritura pública que se inscribirá al margen de la inscripción social, y se notificará al otro socio, en forma personal o por avisos o en la forma especial del artículo cuarenta y cuatro del Código de Procedimiento Civil, si procediere, o mediante carta certificada enviada por Notario Público al domicilio del otro socio, todo con una anticipación de a lo menos de seis meses antes del término del período que estuviere en curso.. Administración: La administración y uso de la razón social corresponderá a doña SHARON GAIL ENGLANDER CHAMUDES, quien podra actuar por la Sociedad según facultades que se señalan en escritura. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago 21 de Enero de 2025.