MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INVERSIONES BUTTER GALAZ LIMITADA

RUT 77524824-6 CVE 2600860
Capital
$65.000 CLP
Fecha instrumento
9 de enero de 2025
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
9 de enero de 2025
Notario
ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
Oficio
36° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$65.000 CLP

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
INVERSIONES BUTTER GALAZ LIMITADA socio 77524824-6

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público, Titular de la 36° Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción N° 65, piso 2, comuna de Providencia, certifico: Que por escritura pública de fecha 09/01/2025, ante mí suplente, REP. N°325 – 2025, los socios de INVERSIONES BUTTER GALAZ LIMITADA, RUT N°77.524.824-6, sociedad inscrita a fojas 5506 N° 2602 del Registro de Comercio del año 2.022 del Conservador de Bienes Raíces de Santiago; JOSEFINA DEL CARMEN GALAZ CATALAN, profesora de educación física, cédula de identidad N°10.436.915-4, con domicilio en Coraceros N°50, departamento 74, Condominio Mare Nostrum, Viña del Mar, Región de Valparaíso; y MARIA GEMITA GALAZ CATALAN, comerciante, cédula de identidad N°8.748.059-3, con domicilio en Fundo Santa Cristina, parcela 24, Rancagua, Región del Libertador General Bernardo O’Higgins; Además, comparecen, NICOLAS MAXIMILIAN BUTTER GALAZ, ingeniero comercial, cédula de identidad N°21.582.303-2; y JAN CARL BUTTER GALAZ, ingeniero comercial, cédula de identidad N°21.582.302-4, ambos, con domicilio para estos efectos en Coraceros N°50, departamento 74, Condominio Mare Nostrum, Viña del Mar, Región de Valparaíso. Quienes modifican la sociedad en la siguiente forma: 1) Aumento de Capital: Los socios acuerdan aumentar el capital social de la sociedad en la suma de $65.000.-, aumentando el capital desde la suma de $100.000.-, a la suma de $165.000.-, aumento que sólo será suscrito y pagado por los señores NICOLAS MAXIMILIAN BUTTER GALAZ y JAN CARL BUTTER GALAZ, ya individualizados, quienes a través de dicho aumento ingresarán como nuevos socios a la sociedad, pagando dicha suma en dinero, al contado y en el acto, en partes iguales. Consecuencia del aumento de capital que se ha acordado, ingresan a la sociedad como nuevos socios, los señores NICOLAS MAXIMILIAN BUTTER GALAZ y JAN CARL BUTTER GALAZ, quienes, en conjunto con las socias, JOSEFINA DEL CARMEN GALAZ CATALAN y MARIA GEMITA GALAZ CATALAN, acuerdan modificar el Artículo Sexto del Pacto Social, reemplazándolo por el siguiente: “ARTICULO SEXTO: El capital social asciende a la suma de $165.000.-, que los socios aportan y pagan de la siguiente forma a) Doña Josefina del Carmen Galaz Catalán, suscribe y paga en este acto, al contado y en efectivo, la suma de $99.000.-, equivalentes a un 60% de los derechos sociales; b) Doña María Gemita Galaz Catalán, suscribe y paga en este acto, al contado y en efectivo, la suma de $1.000.-, equivalentes a un 0,606% de los derechos sociales; c) Don Nicolás Maximilian Butter Galaz, suscribe y paga en este acto, al contado y en efectivo, la suma de $32.500.-, equivalentes a un 19,697% de los derechos sociales; y c) Don Jan Carl Butter Galaz, suscribe y paga en este acto, al contado y en efectivo, la suma de $32.500.-, equivalentes a un 19,697% de los derechos sociales. Capital totalmente enterado y pagado.”. 2) Cesiones de derechos: Luego, A) MARIA GEMITA GALAZ CATALAN, vende, cede y transfiere el 0,303% de la totalidad de los derechos sociales en la sociedad a don NICOLAS MAXIMILIAN BUTTER GALAZ, quien paga el precio de $500.000.-, en el acto y al contado; B) MARIA GEMITA GALAZ CATALAN, vende, cede y transfiere el 0,303% de la totalidad de los derechos sociales en la sociedad a don JAN CARL BUTTER GALAZ, quien paga el precio de $500.000.-, en el acto y al contado. Consecuencia de las cesiones y transferencias de derechos sociales anteriores, se retira de la sociedad, doña MARIA GEMITA GALAZ CATALAN, quedando como únicos socios, JOSEFINA DEL CARMEN GALAZ CATALAN, NICOLAS MAXIMILAN BUTTER GALAZ, y JAN CARL BUTTER GALAZ; 3) Modificaciones al Pacto Social: Los únicos y actuales socios modifican la sociedad en el siguiente sentido: A) Modifican el Artículo Sexto del Pacto Social y lo reemplazan por el siguiente: “ARTICULO SEXTO: El capital social asciende a la suma de $165.000.-, que los socios aportan y pagan de la siguiente forma a) Doña Josefina del Carmen Galaz Catalán, suscribe y paga en este acto, al contado y en efectivo, la suma de $99.000.-, equivalentes a un 60% de los derechos sociales; b) Don NICOLAS MAXIMILIAN BUTTER GALAZ, suscribe y paga en este acto, al contado y en efectivo, la suma de $33.000.-, equivalentes a un 20% de los derechos sociales; y c) Don JAN CARL BUTTER GALAZ, suscribe y paga en este acto, al contado y en efectivo, la suma de $33.000.-, equivalentes a un 20% de los derechos sociales. Capital totalmente enterado y pagado.”. B) También modifican el Artículo Octavo del Pacto Social y lo reemplazan por el siguiente: “ARTICULO OCTAVO: La administración, representación y uso de la razón social de la sociedad corresponderá en forma separada e independiente a doña JOSEFINA DEL CARMEN GALAZ CATALAN, cédula de identidad N°10.436.915-4 y/o a doña MARIA GEMITA GALAZ CATALAN, cédula de identidad N°8.748.059-3 quienes, en la forma indicada y anteponiendo a su firma la razón social, obligarán y representarán a la sociedad en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario; y, en especial, en la celebración de los actos o contratos que se enumeran más adelante, no siendo necesario acreditar, ante terceros, si ellos corresponden o no al giro social. En caso de ausencia, ya sea, por viaje, enfermedad o muerte de doña JOSEFINA DEL CARMEN GALAZ CATALAN y de doña MARIA GEMITA GALAZ CATALAN, lo que, no será necesario acreditar ante terceros, la administración, representación y uso de la razón social de la sociedad corresponderá, en forma en forma independiente y separada, a cualquiera de los señores, JAN CARL BUTTER GALAZ, cédula de identidad N°21.582.302-4 y/o NICOLAS MAXIMILIAN BUTTER GALAZ, cédula de identidad N°21.582.303-2, quienes, en la forma indicada y anteponiendo a su firma la razón social, obligarán y representarán a la sociedad en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario; y, en especial, en la celebración de los actos o contratos que se enumeran más adelante, no siendo necesario acreditar, ante a terceros, si ellos corresponden o no al giro social.”. La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Otras estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, a 15 de enero de 2025.