MODIFICACIÓN Sociedad Anónima

Cruzados SADP

RUT 76072469-6 CVE 2601050
Fecha instrumento
4 de diciembre de 2024

Instrumento

Fecha
4 de diciembre de 2024
Notario
Cosme Fernando Gomila Gatica
Oficio
cuarta notaría de Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Cosme Fernando Gomila Gatica, notario público titular de la cuarta notaría de Santiago, Carmencita 20, comuna de Las Condes, Santiago, certifica: que se rectifica el extracto otorgado por esta notaría el día 05 de diciembre de 2024, relativo a la escritura pública de reducción del Acta de Junta Extraordinaria de Accionistas de “Cruzados SADP” de fecha 04 de diciembre de 2024, en el sentido de que, por un error involuntario, en dicho extracto inscrito se omitió señalar el monto del capital suscrito y pagado y el plazo para enterarlo, en su caso. Por tanto, se rectifica el extracto inscrito a fs. 104.680 N° 42.042 del año 2024, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, en el sentido de aclarar que el capital de la sociedad es de cuarenta y un mil seiscientos sesenta y nueve millones ochocientos dieciséis mil doscientos ochenta pesos, y estará dividido en trescientas cuarenta y dos millones doce mil sesenta y nueve acciones nominativas y sin valor nominal de la serie A, y dos acciones nominativas y sin valor nominal de la serie B, siendo una de propiedad de la Fundación Club Deportivo Universidad Católica de Chile y otra de propiedad de la Pontificia Universidad Católica de Chile. Estas se suscribieron, suscriben y pagan en la forma siguiente: a) Con la cantidad de veintinueve mil setecientos treinta y nueve millones ciento dos mil doscientos ochenta pesos, dividido en ciento sesenta y dos millones doce mil setenta y una acciones nominativas y sin valor nominal, de las cuales ciento sesenta y dos millones doce mil sesenta y nueve corresponden a la serie A, y dos acciones de la serie B, todas ellas íntegramente suscritas y pagadas. b) Con la cantidad de cinco mil cuatrocientos treinta millones setecientos catorce mil pesos, dividido en cincuenta millones de acciones Serie A (las “Acciones de Respaldo”), a ser emitidas, suscritas y pagadas con cargo al aumento de capital aprobado en la Junta Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad de fecha seis de octubre del año dos mil veintitrés (la “Junta”), todo ello en los términos y condiciones acordados en la citada Junta. Respecto de las Acciones de Respaldo: (i) Las acciones serán emitidas, suscritas y pagadas íntegra y exclusivamente para responder a la conversión de bonos convertibles en acciones de la Sociedad, bonos cuya emisión también fue acordada en la Junta; (ii) Las Acciones de Respaldo y la parte del capital de la Sociedad que esté representada por dichas acciones, se mantendrán vigentes mientras se encuentre vigente el período de conversión de los bonos convertibles en acciones de la Sociedad, todo ello conforme a los términos y condiciones de las emisiones de los referidos bonos convertibles. Una vez expirado el respectivo período de conversión, las correspondientes Acciones de Respaldo que no se encuentren suscritas y pagadas mediante la conversión de los bonos convertibles, quedarán sin efecto y canceladas de pleno derecho y la parte del capital de la Sociedad que esté representada por dichas acciones quedará, asimismo, sin efecto y el capital de la Sociedad quedará reducido de pleno derecho a la cantidad efectivamente suscrita y pagada; y (iii) La colocación de las Acciones de Respaldo se efectuará con motivo del ejercicio de las opciones de conversión bajo los bonos convertibles de conformidad los procedimientos, relación de conversión y demás criterios aprobados en la Junta. Para tal efecto, quedaron conferidas al Directorio amplias facultades para emitir dichas acciones, implementar dichos procedimientos y criterios de colocación, y llevar a efecto, en definitiva, la colocación de dichas acciones en los términos y condiciones previstos en la Junta; y, en general, para resolver todas las situaciones, modalidades, complementaciones y detalles que puedan presentarse o requerirse en relación con la emisión y colocación de las Acciones de Respaldo y materias relacionadas, todo ello de conformidad con lo dispuesto en la Ley y su Reglamento. c) Con la cantidad de seis mil quinientos millones de pesos mediante la emisión de ciento treinta millones de acciones de pago, nominativas y sin valor nominal de la Serie A, que deberán suscribirse y pagarse en el plazo de tres años contados desde el 21 de noviembre de 2024. Santiago 21 enero de 2025, Cosme Fernando Gomila Gatica. Notario Publico.- AVB.