MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

Khipu SpA

RUT 76187287-7 CVE 2600621
Capital
$600.035 CLP
Fecha instrumento
15 de enero de 2025
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
15 de enero de 2025
Notario
ALVARO GONZALEZ SALINAS
Oficio
42º Notaria de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$600.035 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ALVARO GONZALEZ SALINAS, Notario Público de la 42º Notaria de Santiago, Avda. Apoquindo 3001, 2º Piso, certifico: en Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad KHIPU SpA., celebrada el 27 de noviembre de 2024, cuya acta se redujo a escritura pública con fecha 15 de enero de 2025, otorgada ante mí, se acordó modificar los estatutos sociales, en lo referente mediante los siguientes acuerdos: (UNO) Amentar el capital social, considerando como antecedentes las anteriores modificaciones del capital social. Antecedentes: (i) Conforme acuerdo de la 18° Junta Extraordinaria de Accionistas, de 30 de abril de 2021, y cuya acta fue reducida a escritura pública el 24 de mayo de 2021 autorizada por don Álvaro González Salinas, se modificó el capital social de vigente a la fecha, resultando un capital final de $600.035.231 dividido en 4.895.021.- acciones; (ii) Con ocasión de la 10° Junta Ordinaria de Accionistas, de 28 de abril de 2022, se aprobó el Balance General y el Estado de Ganancias y Pérdidas del Ejercicio del año 2021, el que arrojó utilidades por $248.068.000. Por tanto, conforme el artículo 10 de la Ley de Sociedades Anónimas se modificó de pleno derecho el capital social vigente a la fecha, que ascendía $600.035.231.-, aumentando éste en $248.068.000, así de la revalorización del capital de la sociedad resulta un nuevo capital social de $848.103.231.- dividido en 4.895.021 acciones; (iii) Con ocasión de la 11° Junta Ordinaria de Accionistas, de 23 de abril de 2023, se aprobó el Balance General y el Estado de Ganancias y Pérdidas del Ejercicio del año 2022, el que arrojó perdidas por $27.282.000. Por tanto, conforme el artículo 10 de la Ley de Sociedades Anónimas se modificó de pleno derecho el capital social vigente a la fecha, que ascendía $848.103.231, disminuyendo éste en $27.282.000, así de la revalorización del capital de la sociedad resulta un nuevo capital social de $820.821.231 dividido en 4.895.021 acciones.- (iv) Con ocasión de la 12° Junta Ordinaria de Accionistas, de 30 de abril de 2024, se aprobó el Balance General y el Estado de Ganancias y Pérdidas del Ejercicio del año 2023, el que arrojó perdidas por $68.608.000. Por tanto, conforme el artículo 10 de la Ley de Sociedades Anónimas se modificó de pleno derecho el capital social vigente a la fecha, que ascendía $820.821.231, disminuyendo éste en $68.608.000, así de la revalorización del capital de la sociedad resulta un nuevo capital social de $752.213.231 dividido en 4.895.021 acciones.- Modificación: Se acordó aumentar el capital social en $50.000, mediante la emisión de 50.000 nuevas acciones nominativas, destinadas para un programa de vesting, para ser colocadas al precio de $1 cada una, de forma tal que el actual capital social, correspondiente a $752.213.231 conforme lo indicado en la 12° Junta Ordinaria de accionistas de 30 de abril de 2024, ascenderá a la suma final de $752.263.2311, y éste pasará de estar dividido 4.895.021 acciones a estar conformado por 4.945.021 acciones nominativas, de única serie y sin valor nominal. En consecuencia, se acordó reformar el artículo Quinto de los estatutos sociales por el siguiente: “Artículo Quinto. CAPITAL. El capital social será la suma de $752.263.231, dividido en 4.945.021 acciones ordinarias y sin valor nominal, sin perjuicio de la modificación de pleno derecho que contempla la Ley.“.- (DOS) Reemplazar el actual Artículo Décimo Primero de los Estatutos Sociales, por uno del siguiente tenor: “Artículo Décimo Primero. REPRESENTACIÓN. La sociedad será administrada por un Directorio compuesto de cinco miembros, todos los cuales serán reelegibles indefinidamente, quienes podrán o no ser accionistas. La sociedad tendrá uno o más Gerentes designados por el Directorio, el que les fijará sus atribuciones y deberes, pudiendo sustituirlos a su arbitrio. El Directorio podrá conferir mandatos y delegar parte de sus facultades en los Gerentes, Subgerentes o Abogados de la sociedad, en un Director o en una Comisión de Directores y, para objetos especialmente determinados, en otras personas.”.- (TRES) Reemplazar actual el Artículo Décimo Sexto de los estatutos sociales, por uno del siguiente tenor: “Artículo Décimo Sexto. QUÓRUMS. Las reuniones de Directorio se constituirán con a lo menos tres de los Directores en ejercicio. Los acuerdos de éste se adoptarán por mayoría absoluta de los Directores asistentes, salvo que la ley o estos estatutos establezcan un quórum especial, o que uno o más directores se haya excluido voluntariamente de participar en la decisión, caso en el cual los acuerdos se adoptarán con dos votos favorables.”.- (CUATRO) Fijar el texto refundido de los Estatutos Sociales en razón de las modificaciones acordadas en la Junta Extraordinaria de Accionistas.- Todo lo anterior en la forma señalada en la escritura extractada. Sociedad inscrita a Fs. 1.799, Nº 1.211 Registro de Comercio de Santiago, año 2012.- Demás acuerdos constan en escritura extractada. Santiago, 16 de enero de 2025.