CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

INMOBILIARIA CALMA XZ SpA

CVE 2600287
Capital
$3.000.000 CLP
Fecha instrumento
14 de enero de 2025
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
14 de enero de 2025
Repertorio
5167-2025
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$3.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL, Notario Titular de la 2° Notaría de Santiago, con oficio en calle Alcántara N°107, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, certifico que: Por escritura pública de 14 de Enero de 2025, Repertorio N°5.167-2025, ante mí, don Raúl José Rencoret Domínguez, domiciliado en Avenida Presidente Kennedy Nº5488, torre Norte, oficina 505, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, como mandatario especial y en representación de la sociedad anónima constituida de acuerdo a la legislación de la República de Panamá denominada ALMA INTERNATIONAL HOLDINGS S.A., constituyó una sociedad por acciones bajo el nombre de INMOBILIARIA CALMA XZ SpA., pudiendo usar para fines tributarios, comerciales y bancarios el nombre de fantasía Calma XZ SpA. Su domicilio es la comuna de Santiago, Región Metropolitana. El objeto de la sociedad es: 1) la inversión, adquisición, enajenación, arrendamiento, explotación en cualquier forma y la administración de toda clase de bienes raíces, y percibir sus frutos o rentas; 2) la inversión en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, acciones, valores y derechos; 3) la prestación de servicios de asesorías y consultorías de proyectos inmobiliarios y de administración de comunidades de copropietarios de condominios de todo tipo, y 4) y cualquiera otra actividad, negocio o servicio relacionado o complementario con lo anterior. El capital de la sociedad es la suma de $3.000.000, dividido en 1.000 acciones nominativas, ordinarias y de una serie única, gozando de iguales derechos desde el momento en que se encuentren íntegramente pagadas. Las acciones son suscritas en el acto de constitución de la sociedad por el accionista fundador y deberán ser pagadas en tu totalidad en dinero efectivo, dentro del plazo de 30 días contados desde la fecha de la escritura de constitución de la sociedad. Demás estipulaciones en la escritura extractada.- Santiago, 16 de Enero de 2025.- Francisco Javier Leiva Carvajal, Notario Público.