MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

AGRICOLA Y FRUTICOLA YANINE AURICH LIMITADA

RUT 76466025-0 CVE 2600334
Capital
$10.000 CLP
Fecha instrumento
17 de diciembre de 2024
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
17 de diciembre de 2024
Notario
RICH LIMITADA DEL RÉGIMEN SIMPLIFICADO AL RÉGIMEN GENERAL Joaquín Tejos Henríquez
Domicilio
Chillán

Sociedad

Capital
$10.000 CLP
Domicilio
Comuna de Bulnes, región De ñuble
Duración
La duración de la Sociedad será a contar de la fecha de la presente escritura por plazos renovables de 10 años, y no termina con la muerte de algún socio, La duración de la Sociedad será a contar de la fecha de la presente escritura por plazos renovables de 10 años, y no termina con la muerte de algún socio, (UNO) La sociedad tendrá una duración de 10 años, contados desde la fecha de su constitución, prorrogándose por periodos de cinco años, contados desde la expiración del plazo anterior, tácita y sucesivamente, si ninguno de los socios manifiesta su intención de ponerle término al final del periodo que estuviere en curso, mediante declaración contenida en escritura pública, la que se anotará en el Registro con al menos tres meses de anticipación al vencimiento respectivo. (DOS) La sociedad no se disolverá por muerte, incapacidad o insolvencia de sus
Ley aplicable
Ley N° 20.659

Objeto social

La sociedad tendrá por objeto la explotación agrícola, frutícola, ganadera y forestal en predios de los cuales sea dueña, usufructuaria, arrendataria, comodataria y)o tenedora a cualquier título. Para la consecución de los objetos antes señalados, la sociedad podrá participar como accionistas, socia, participe o gestora en otras sociedades de cualquier naturaleza

Administración

GUILLERMO JOSÉ YANINE MILAD, como un solo

Personas y entidades (2)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
María Jacqueline Aurich Cazor socio 12017052-K
Guillermo José Yanine Milad socio 5489060-5 BULNES, ÑUBLE

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

SANEAMIENTO MIGRACION DE AGRICOLA Y FRUTICOLA YANINE AURICH LIMITADA DEL RÉGIMEN SIMPLIFICADO AL RÉGIMEN GENERAL Joaquín Tejos Henríquez, Notario Público Chillán, con oficio en calle El Roble N°620, certifico: Por escritura pública hoy ante mí, don Guillermo José Yanine Milad y doña María Jacqueline Aurich Cazor, domiciliados para estos efectos en camino viejo de Bulnes a Chillán sin número, de paso en ésta, como únicos socios de la sociedad “AGRICOLA Y FRUTICOLA YANINE LIMITADA”, la cual fue constituida el día 29 de diciembre del 2014, mediante su incorporación en el Registro de Empresas y Sociedades, de la Subsecretaría de Economía y Empresas de Menor Tamaño, del 76.466.025-0, sanean la migración de dicha sociedad desde el régimen simplificado al régimen general. Dejaron constancia que con fecha 13 de noviembre de 2023 el Registro de Empresas y Sociedades, dependiente de la Subsecretaría de Economía y Empresas de Menor Tamaño del Reglamento, emitió el certificado de migración de la sociedad “AGRICOLA Y FRUTICOLA YANINE LIMITADA”, del régimen simplificado al régimen general y el correspondiente extracto de la sociedad, el cual no se inscribió en el Registro de Comercio del Conservador respectivo y tampoco se publicó en el Diario Oficial en el plazo de treinta días desde que fue emitido. Para los efectos del saneamiento, inscripción en el Registro de Comercio respectivo y publicación en el Diario Oficial, transcriben (sic) el referido extracto, el cual es del siguiente tenor: “EXTRACTO.- El Registro de Empresas y Sociedades, domiciliado en Avenida Libertador Bernardo O'Higgins 1449 torre 2 piso 11, comuna de Santiago, región Metropolitana de Santiago, certifica que, según consta en el Estatuto Actualizado, María Jacqueline Aurich Cazor, RUN: 12.017.052-K, con domicilio en: CAMINO VIEJO BULNES A CHILLAN N° 703, BULNES, región de ÑUBLE, Guillermo José Yanine Milad, RUN: 5.489.060-5, con domicilio en: Camino Viejo de Bulnes a Chillán N° 703, BULNES, región de ÑUBLE, son los únicos socios de una sociedad de responsabilidad limitada, constituida e inscrita en el Registro Electrónico de Empresas y Sociedades con fecha 29 de diciembre del 2014, regida por la Ley 3.918, sus modificaciones y demás leyes pertinentes, de cuyo estatuto actualizado se extracta lo siguiente: NOMBRE O RAZÓN SOCIAL: AGRICOLA Y FRUTICOLA YANINE AURICH LIMITADA OBJETO: La sociedad tendrá por objeto la explotación agrícola, frutícola, ganadera y forestal en predios de los cuales sea dueña, usufructuaria, arrendataria, comodataria y/o tenedora a cualquier título. Para la consecución de los objetos antes señalados, la sociedad podrá participar como accionistas, socia, participe o gestora en otras sociedades de cualquier naturaleza. DOMICILIO: Comuna de Bulnes, región De ñuble, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en el resto del país o en el extranjero. DURACIÓN: La duración de la Sociedad será a contar de la fecha de la presente escritura por plazos renovables de 10 años, y no termina con la muerte de algún socio, La duración de la Sociedad será a contar de la fecha de la presente escritura por plazos renovables de 10 años, y no termina con la muerte de algún socio, (UNO) La sociedad tendrá una duración de 10 años, contados desde la fecha de su constitución, prorrogándose por periodos de cinco años, contados desde la expiración del plazo anterior, tácita y sucesivamente, si ninguno de los socios manifiesta su intención de ponerle término al final del periodo que estuviere en curso, mediante declaración contenida en escritura pública, la que se anotará en el Registro con al menos tres meses de anticipación al vencimiento respectivo. (DOS) La sociedad no se disolverá por muerte, incapacidad o insolvencia de sus socios. (TRES) En caso de fallecimiento de uno de los socios, la sociedad continuará con los herederos de éste, quienes deberán designar un procurador común para actuar ante la sociedad. (CUATRO) En caso de incapacidad o insolvencia de los socios, sus derechos sociales serán ejercidos por su curador o acreedores de conformidad a la ley. (CUATRO) En caso de fallecimiento y/o incapacidad del socio administrador, la administración y representación de la sociedad y uso de la razón social, corresponderá a doña María Jacqueline Aurich Cazor, quien tendrá todas y cada una de las facultades del socio administrador fallecido o incapaz. La renovación automática quedará sin efecto mediante escritura pública Anotada en el Registro con al menos tres meses de anticipación al vencimiento, en la que cualquier socio manifieste dicha voluntad. La renovación automática quedará sin efecto mediante escritura pública Anotada en el Registro con al menos tres meses de anticipación al vencimiento, en la que cualquier socio manifieste dicha voluntad. CAPITAL SOCIAL: El capital de la Sociedad es la cantidad de $10.000.000 de pesos, que ha sido completamente enterado; que los socios se obligan a aportar y pagar en las proporciones de la forma siguiente: A) MARÍA JACQUELINE AURICH CAZOR tiene una participación de un 50 por ciento en la propiedad de la presente compañía, habiendo aportado y pagado con anterioridad a esta fecha la cantidad de $5.000.000 de pesos; B) GUILLERMO JOSÉ YANINE MILAD tiene una participación de un 50 por ciento en la propiedad de la presente compañía, habiendo aportado y pagado con anterioridad a esta fecha la cantidad de $5.000.000 de pesos; ADMINISTRACIÓN Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL: GUILLERMO JOSÉ YANINE MILAD, como un solo socio. Responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Otras estipulaciones en estatuto actualizado extractado.”. Demás estipulaciones constan escritura extractada.- Chillán, 17 de Diciembre de 2024.