SOCIEDAD GAJARDO Y MONTALBA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 26 de diciembre de 2024
- Notario
- RAMÓN GARCÍA CARRASCO
- Domicilio
- Concepción
Sociedad
- Capital
- $2.000.000 CLP
- Domicilio
- Debe decir: La sociedad tendrá su domicilio en la comuna de Chiguayante
Objeto social
a) Comercialización e Instalación de refractarios b) Servicios de obras menores c) Ferretería d) Todo otro negocio o actividad relacionado con el giro o finalidad señalada y que los socios acuerden en realizar y
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRAMÓN GARCÍA CARRASCO, Notario Público Titular de Concepción, con Oficio en Rengo 444, Concepción, certifico: Que por escritura pública de fecha 26.12.2024, Rep.n°13.419-2024, ante mi, doña Irene Victoria Morales Veloso, rectifica escritura pública de fecha 25.11.2024, Repertorio: 12.228-2024, por la cual GINA DE LAS NIEVES MONTALBA CAAMAÑO Rut 11.678.469-6 y RODOLFO MARCELO GAJARDO ROMERO Rut 14.628.937-1, ambos domiciliados en Chiguayante, calle O”Higgins Nº6415, modificaron “SOCIEDAD GAJARDO Y MONTALBA LIMITADA” Rut Nº76.005.731-2, inscrita Registro Comercio Chiguayante año 2007, fs 91 vta número 70; por la cual GINA DE LAS NIEVES MONTALBA CAAMAÑO,cede el total de sus derechos a RODOLFO MARCELO GAJARDO ROMERO, quien procede a transformarla en Sociedad por Acciones, nombre: “REFRACTARIOS TRINIVAL SpA”, objeto: a) Comercialización e Instalación de refractarios b) Servicios de obras menores c) Ferretería d) Todo otro negocio o actividad relacionado con el giro o finalidad señalada y que los socios acuerden en realizar y Capital: $2.000.000, dividido y representado en veinte acciones nominativas, todas de una misma y única serie y sin valor nominal, suscrito y pagado. Se rectifica la escritura original en el sentido de: 1.- En cláusula Primero, numeral uno, parte final, debiendo decir: Un extracto de dicha escritura se inscribió a fojas 91 vta.,Nº70 del Registro de Comercio del año 2007 del Conservador de Bienes Raíces de Chiguayante; 2.- En la cláusula Primero Letra A), y, cláusula Segunda numeral Uno) y Tres) el primer apellido de la cesionaria debe decir: Gina de las Nieves Montalba Caamaño; y, 3.- En estatutos de “REFRACTARIOS TRINIVAL SpA” Título Primero. Artículo Tercero: Domicilio. Debe decir: La sociedad tendrá su domicilio en la comuna de Chiguayante. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Concepción, 20 de Enero de 2025.-