MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

INVERSIONES CP SpA

RUT 77818682-9 CVE 2599631
Fecha instrumento
16 de enero de 2025
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
16 de enero de 2025
Repertorio
3110-2025
Notario
CLAUDIA MARCELA GOMEZ LUCARES
Oficio
Quincuagésima Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

CLAUDIA MARCELA GOMEZ LUCARES, Abogado, Notario Público de la Quincuagésima Notaría de Santiago, con oficio en Teatinos N° 371, oficina 113, Santiago, certifico: Por escritura pública de fecha 16/01/2025, bajo el Repertorio N° 3.110-2025, ante mí, Por escritura pública, de hoy ante mí, ENRIQUE ALEJANDRO CABO OSMER, ingeniero comercial, cédula nacional de identidad número seis millones doscientos cuarenta y cinco mil doscientos cuarenta y ocho guion K, y XIMENA PILAR PEÑA RAMIREZ, factor de comercio, cédula nacional de identidad número diez millones ochenta y un mil ochocientos sesenta y ocho guion K, ambos domiciliados para estos efectos en calle Josemaría Escrivá de Balaguer número trece mil ciento cinco, oficina seiscientos trece, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana; suscribieron escritura de MODIFICACION DE SOCIEDAD y RATIFICACION DE PODERES sociedad “INVERSIONES CP SpA”, constituida Por escritura pública de fecha dieciocho de agosto del año dos mil veintitrés, otorgada en este oficio, bajo el repertorio número cuarenta y seis mil ciento noventa y seis guión dos mil veintitrés, e inscrita a fojas setenta y dos mil setecientos treinta, número treinta y un mil trescientos cincuenta y nueve, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año dos mil veintitrés, y fue publicada en el Diario Oficial con fecha veinticuatro de agosto del mismo año, en el sentido que: acuerdan modificar el Artículo Décimo de la escritura de constitución social, estableciendo que el uso de la razón social, la administración y representación de la sociedad corresponderá a doña XIMENA DEL PILAR PEÑA RAMIREZ, QUIEN REPRESENTARÁ A LA SOCIEDAD CON LAS MAS AMPLIAS FACULTADES Y PODERES DESCRITOS EN SUS ESTATUTOS DE CONSTITUCIÓN.- En todo lo no modificado por el presente instrumento queda plenamente vigente lo estipulado en el contrato social. Santiago, a 16/01/2025.