Instrumento
- Fecha
- 10 de enero de 2025
- Repertorio
- 912-2025
- Notario
- ALVARO GONZALEZ SALINAS
- Oficio
- Cuadragésima Segunda Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La Sociedad tendrá por objeto, la explotación tanto en Chile como en el extranjero, por cuenta propia o ajena, asociada o no a terceros, de las siguientes actividades: (a) desarrollo, implementación, comercialización, distribución y licenciamiento de software como servicio (SaaS) orientado a la mejora de la productividad empresarial, la optimización del entorno laboral, y la experiencia de los colaboradores, permitiendo así, la fidelización del talento en las organizaciones; (b) Prestación de servicios de consultoría, asesoría y capacitación en materias relacionadas con la implementación, uso y personalización del software desarrollado, así como en estrategias de gestión organizacional vinculadas a dichos ámbitos y; (c) Cualquier otra actividad o negocio lícito relacionado con el giro principal de la Sociedad, que derive de él, lo complemente o sea una consecuencia del mismo, y que sean necesarios para el cumplimiento del objeto de la sociedad o el desarrollo de su
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALVARO GONZALEZ SALINAS, Abogado, Notario Público Titular de la Cuadragésima Segunda Notaría de Santiago, con oficio en Avenida Apoquindo N° 3001, piso 2, Las Condes, certifico: Por escritura pública de fecha 10 de enero de 2025, repertorio 912-2025, ante mí: ANA MARÍA HUMUD RESPALDIZA, DIEGO MARTÍN SOLER OLGUÍN y DIEGO PABLO ÁVILA QUINTANA, constituyeron una sociedad por acciones, de cuyos estatutos extracto lo siguiente: Nombre: “HUMAING SpA”. Duración: Indefinida. Domicilio: El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pueda establecer en otros puntos del país o en el extranjero. Objeto Social: La Sociedad tendrá por objeto, la explotación tanto en Chile como en el extranjero, por cuenta propia o ajena, asociada o no a terceros, de las siguientes actividades: (a) desarrollo, implementación, comercialización, distribución y licenciamiento de software como servicio (SaaS) orientado a la mejora de la productividad empresarial, la optimización del entorno laboral, y la experiencia de los colaboradores, permitiendo así, la fidelización del talento en las organizaciones; (b) Prestación de servicios de consultoría, asesoría y capacitación en materias relacionadas con la implementación, uso y personalización del software desarrollado, así como en estrategias de gestión organizacional vinculadas a dichos ámbitos y; (c) Cualquier otra actividad o negocio lícito relacionado con el giro principal de la Sociedad, que derive de él, lo complemente o sea una consecuencia del mismo, y que sean necesarios para el cumplimiento del objeto de la sociedad o el desarrollo de su giro. Capital: El capital de la Sociedad será la suma de $1.000.000.- dividido en un millón de acciones, de las cuales novecientas mil corresponden a ordinarias, nominativas, de igual valor y sin valor nominal, equivalentes $990.000.-, y cien mil acciones corresponden a acciones serie ESOP, equivalentes $10.000.- del capital social, el que se suscribe y paga de la siguiente manera: /A/ ANA MARÍA HUMUD RESPALDIZA suscribe la cantidad de trescientas mil acciones ordinarias, nominativas, de igual valor y sin valor nominal, equivalentes a trescientos treinta mil pesos, las que son pagadas y enteradas a la caja social en dinero en efectivo en este acto; /B/DIEGO MARTÍN SOLER OLGUÍN suscribe la cantidad de trescientas mil acciones ordinarias, nominativas, de igual valor y sin valor nominal, equivalentes a trescientos treinta mil pesos, las que son pagadas y enteradas a la caja social en dinero en efectivo en este acto; C)DIEGO PABLO ÁVILA QUINTANA suscribe la cantidad de trescientas mil acciones ordinarias, nominativas, de igual valor y sin valor nominal, equivalentes a trescientos treinta mil pesos, las que son pagadas y enteradas a la caja social en dinero en efectivo en este acto y; D) Cien mil acciones serie ESOP, equivalentes a diez mil pesos, se encuentran pendientes de suscripción y pagos las cuales en cualquier caso deberán ser suscritas y pagadas en un plazo máximo de 36 meses computados desde la fecha de constitución de la sociedad. Demás estipulaciones en la escritura extractada. Santiago, 13 de enero de 2025.