MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

CAPACITACIÓN PARA EJECUTIVOS QUINTA ERA LIMITADA

RUT 78927370-7 CVE 2599811
Fecha instrumento
10 de enero de 2025
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
10 de enero de 2025
Notario
Christian Alejandro Ortiz Cáceres
Oficio
7ma. Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Christian Alejandro Ortiz Cáceres, Notario Público Interino de la 7ma. Notaría de Santiago, con Oficio en Agustinas N| 1161 entrepiso, Certifica: Por escritura pública de 10 de enero de 2025, ante mí, María Esther Villanueva Caffarena, Alberto Valdenegro Véliz, ambos calle Merced 838-A, oficina 22, comuna Santiago y Darío Manuel Pfeng Villanueva, Camino La Fuente 1158, casa B, comuna Las Condes, todos Región Metropolitana, modificaron sociedad CAPACITACIÓN PARA EJECUTIVOS QUINTA ERA LIMITADA, rol único tributario 78.927.370-7, inscrita a fojas 23.582 número 18.427 del Registro Comercio Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 1996, en siguiente sentido: a) Alberto Valdenegro Véliz, dueño del 33,3% del capital social, vende, cede y transfiere totalidad de sus derechos a Darío Manuel Pfeng Villanueva, quien los compra, acepta y adquiere para sí en la suma de cuatro millones trescientos cincuenta mil pesos, pagados en efectivo en mismo acto y a entera conformidad del cedente. Con motivo de esta cesión, se retira de la sociedad Alberto Valdenegro Véliz y se incorpora Darío Manuel Pfeng Villanueva. b) Únicos y actuales socios María Esther Villanueva Caffarena y Darío Manuel Pfeng Villanueva modifican artículo Sexto Título Segundo del estatuto social refundido, sustituyéndolo por el siguiente: “SEXTO. - El capital de la sociedad es la suma de nueve millones de pesos, íntegramente pagado por los socios en dinero efectivo e ingresado a la caja social, en proporción de un sesenta y seis coma siete por ciento por doña Maria Esther Villanueva Caffarena y un treinta y tres coma tres por ciento por don Darío Manuel Pfeng Villanueva.”. Socios limitan su responsabilidad al monto de sus aportes. En todo lo no modificado rige pacto social y sus modificaciones. Restantes estipulaciones en escritura extractada. Santiago 14 de enero de 2025.-