ASESORÍAS EXA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 23 de diciembre de 2024
- Notario
- Juan Ricardo San Martín Urrejola
- Oficio
- 43ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $5.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJuan Ricardo San Martín Urrejola , Abogado, Notario Público, Titular de la 43ª Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos N°835, piso 18, comuna de Santiago, certifico: que por escritura pública de l 23 de diciembre de 2024, otorgada ante mí, don Manuel José Ossa Perez de Arce, doña María José Parot De Ugarte, doña María José Ossa Parot, don Agustín Ossa Parot, y doña Francisca Pérez Zamora; todos domiciliados en Avenida Vitacura N°3535, oficina 602, comuna de Vitacura , Región Metropolitana; modificaron sociedad denominada “ASESORÍAS EXA LIMITADA”, cuyo extracto de constitución rola inscrito a fojas 19.850, número 11.171, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2017. La modificación consistió en aumentar el capital a la suma de $5.000.000, el cual se efectúa de la siguiente forma: a) Los actuales socios, Manuel José Ossa Perez de Arce, María José Parot de Ugarte, María José Ossa Parot, Agustín Ossa Parot, y Francisca Pérez Zamora capitalizan la suma de $19.000, cantidad que , según balance al 30.11.2024, corresponde a la totalidad de los fondos existentes en la cuenta denominada “Revalorización de Capital Propio”; b) El socio Manuel José Ossa Perez de Arce aporta la suma de $2.847.150; y c) María José Parot de Ugarte aporta la suma de $1.133.850; sumas que ambos socios se obligan a enterar en la caja social, en efectivo, dentro del plazo de tres años contados desde la fecha de la escritura de modificación . Consecuentemente, se remplaza la cláusula 6ª de los estatutos sociales vigentes por la siguiente: “SEXTO: El capital de la sociedad es la suma de cinco millones de pesos moneda legal, aportado y enterado por los socios en la forma, proporción y plazo que a continuación se expresa: a) don Manuel José Ossa Pérez de Arce aporta la cantidad de tres millones de pesos, que constituye el sesenta por ciento del capital social, habiendo ya enterado la suma de ciento cincuenta y dos mil ochocientos cincuenta pesos, y debiendo, además, pagar en efectivo e ingresar en la caja social la suma de dos millones ochocientos cuarenta y siete mil ciento cincuenta pesos, dentro del plazo de tres años contados desde esta fecha; b) doña María José Parot de Ugarte aporta la cantidad de un millón trescientos ochenta y ocho mil seiscientos pesos, que constituye el veintisiete coma siete mil setecientos veinte por ciento del capital social, habiendo ya enterado la suma de doscientos cincuenta y cuatro mil setecientos cincuenta pesos, y debiendo, además, pagar en efectivo e ingresar en la caja social la suma de un millón ciento treinta y tres mil ochocientos cincuenta pesos, dentro del plazo de tres años contados desde esta fecha; c) doña María José Ossa Parot aporta la cantidad de doscientos veintinu eve mil doscientos setenta y cinco pesos, que constituye el cuatro coma cinco mil ochocientos cincuenta y cinco por ciento del capital social, íntegramente enterado y pagado; d) don Agustín Ossa Parot aporta la cantidad de doscientos sesenta y cuatro mil n ovecientos cuarenta pesos, que constituye el cinco coma dos mil novecientos ochenta y ocho por ciento del capital social, íntegramente enterado y pagado; e) doña Francisca Pérez Zamora aporta la cantidad de ciento diecisiete mil ciento ochenta y cinco peso s, que constituye el dos coma tres mil cuatrocientos treinta y siete por ciento del capital social, íntegramente enterado y pagado.”. En todo lo no modificado rigen los estatutos vigente s. Santiago, 17 de enero de 2025.