ASESORÍAS E INVERSIONES ARAGON LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 30 de diciembre de 2024
- Notario
- MARÍA SOLEDAD LASCAR MERINO
- Oficio
- 38ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $125.000 CLP
- Domicilio
- tendrá por domicilio social la ciudad de Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La sociedad tendrá por objeto la prestación de servicios y asesorías a personas naturales y)o jurídicas, en forma directa o por intermedio de terceros, en materias de estudios e información de mercados, publicidad, gestión empresarial, finanzas, administración, tributación, comercio exterior, recursos humanos y personal, tanto en su selección y capacitación, inmobiliario y de ingeniería; realizar asimismo la compra, venta, inversión y cualquier otra forma de adquisición y)o enajenación de bienes inmuebles o muebles, sean corporales e incorporales, como acciones, bonos, valores mobiliarios efectos de comercio, derechos de sociedades o comunidades de toda índole; obtener las rentas, frutos y beneficios de dichas inversiones, dentro y fuera del país. Con acuerdo de todos los socios, la sociedad podrá desarrollar cualquier otro negocio o giro, sea que esté relacionado directa e indirectamente con el
Administración
ADMINISTRACIÓN. La administración y representación de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá indistintamente a don Francisco Fernando Aravena Ramírez, don Fernando Alberto Aravena González, don Santiago Ismael Aravena González y doña Constanza María Isidora González Castro, quienes actuando individualmente y anteponiendo su firma a la razón social, la representarán con las más amplias facultades, sin restricción alguna, pudiendo ejecutar todos los actos y convenciones de cualquier naturaleza que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social, conforme a lo indicado en la escritura extractada
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARÍA SOLEDAD LASCAR MERINO, Notario Público Titular de la 38ª Notaría de Santiago, con oficio en calle Isidora Goyenechea 3477, Local 10, Comuna de Las Condes, certifico que por escritura pública de fecha 30 de diciembre del año 2024, otorgada ante mí, don Francisco Fernando Aravena Ramírez, doña Constanza María Isidora González Castro, don Fernando Alberto Aravena González y don Santiago Ismael Aravena González, todos domiciliados para estos efectos en Avenida San José María Escrivá de Balaguer nueve mil ciento noventa y cinco, departamento C doscientos uno, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, modificaron la sociedad de responsabilidad limitada ASESORÍAS E INVERSIONES ARAGON LIMITADA, inscrita a fojas 23517 número 19016 del Registro de Comercio de Santiago del año 2001, en el siguiente sentido: doña Constanza María Isidora González Castro vendió, cedió y transfirió en el acto de la escritura que se extracta el 25% del capital y derechos sociales a don Fernando Alberto Aravena González en $125.000, pagados en anterioridad a dicho acto y el 25% del capital y derechos sociales a don Santiago Ismael Aravena González en $125.000, pagados en anterioridad a dicho acto. Como consecuencia de la cesión de derechos sociales, doña Constanza María Isidora González Castro deja de ser socia de la Sociedad, quedando así como actuales y únicos socios de ASESORÍAS E INVERSIONES ARAGON LIMITADA, don Francisco Fernando Aravena Ramírez, don Fernando Alberto Aravena González y don Santiago Ismael Aravena González. Actuales y únicos socios acordaron modificar los siguientes artículos del estatuto, conforme a lo indicado en la escritura extractada: CUARTO: ADMINISTRACIÓN. La administración y representación de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá indistintamente a don Francisco Fernando Aravena Ramírez, don Fernando Alberto Aravena González, don Santiago Ismael Aravena González y doña Constanza María Isidora González Castro, quienes actuando individualmente y anteponiendo su firma a la razón social, la representarán con las más amplias facultades, sin restricción alguna, pudiendo ejecutar todos los actos y convenciones de cualquier naturaleza que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social, conforme a lo indicado en la escritura extractada. SEXTO: CAPITAL. El capital de la sociedad será la cantidad de quinientos mil pesos, que los socios han aportado y pagado íntegramente de la siguiente forma: Uno) Francisco Fernando Aravena Ramírez, aporta y paga con anterioridad a este acto, la cantidad de doscientos cincuenta mil pesos, equivalentes a un cincuenta por ciento del capital social, ya enterado en arcas sociales a entera y total satisfacción de la sociedad; Dos) Fernando Alberto Aravena González, aporta y paga con anterioridad a este acto, la cantidad de ciento veinticinco mil pesos, equivalentes a un veinticinco por ciento del capital social, ya enterado en arcas sociales a entera y total satisfacción de la sociedad; y Tres) Santiago Ismael Aravena González, aporta y paga con anterioridad a este acto, la cantidad de ciento veinticinco mil pesos, equivalentes a un veinticinco por ciento del capital social, ya enterado en arcas sociales a entera y total satisfacción de la sociedad. En consecuencia, el capital de quinientos mil pesos se encuentra íntegramente pagado. DÉCIMO: La sociedad tendrá duración indefinida. Actuales y únicos socios acordaron nuevos texto refundido de los estatutos que a continuación se señala y considerándose a la sociedad ASESORÍAS E INVERSIONES ARAGON LIMITADA, modificada en todos aquellos aspectos en que el texto refundido de los estatutos difiera de los estatutos anteriores de la compañía, la que se regirá desde ahora en adelante, única y exclusivamente, por el texto refundido de los estatutos que se transcribe a continuación: NOMBRE: ASESORÍAS E INVERSIONES ARAGON LIMITADA. OBJETO: La sociedad tendrá por objeto la prestación de servicios y asesorías a personas naturales y/o jurídicas, en forma directa o por intermedio de terceros, en materias de estudios e información de mercados, publicidad, gestión empresarial, finanzas, administración, tributación, comercio exterior, recursos humanos y personal, tanto en su selección y capacitación, inmobiliario y de ingeniería; realizar asimismo la compra, venta, inversión y cualquier otra forma de adquisición y/o enajenación de bienes inmuebles o muebles, sean corporales e incorporales, como acciones, bonos, valores mobiliarios efectos de comercio, derechos de sociedades o comunidades de toda índole; obtener las rentas, frutos y beneficios de dichas inversiones, dentro y fuera del país. Con acuerdo de todos los socios, la sociedad podrá desarrollar cualquier otro negocio o giro, sea que esté relacionado directa e indirectamente con el objeto social. DOMICILIO: tendrá por domicilio social la ciudad de Santiago, sin perjuicio de establecer agencias y/o sucursales en otras ciudades del país o en el extranjero. CAPITAL: El capital de la sociedad será la cantidad de quinientos mil pesos, que los socios han aportado y pagado íntegramente de la siguiente forma: Uno) Francisco Fernando Aravena Ramírez, aporta y paga con anterioridad a este acto, la cantidad de doscientos cincuenta mil pesos, equivalentes a un cincuenta por ciento del capital social, ya enterado en arcas sociales a entera y total satisfacción de la sociedad; Dos) Fernando Alberto Aravena González, aporta y paga con anterioridad a este acto, la cantidad de ciento veinticinco mil pesos, equivalentes a un veinticinco por ciento del capital social, ya enterado en arcas sociales a entera y total satisfacción de la sociedad; y Tres) Santiago Ismael Aravena González, aporta y paga con anterioridad a este acto, la cantidad de ciento veinticinco mil pesos, equivalentes a un veinticinco por ciento del capital social, ya enterado en arcas sociales a entera y total satisfacción de la sociedad. En consecuencia, el capital de quinientos mil pesos se encuentra íntegramente pagado. DURACIÓN: La duración de la Sociedad será indefinida. ADMINISTRACIÓN Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL: ADMINISTRACIÓN. La administración y representación de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá indistintamente a don Francisco Fernando Aravena Ramírez, don Fernando Alberto Aravena González, don Santiago Ismael Aravena González y doña Constanza María Isidora González Castro, quienes actuando individualmente y anteponiendo su firma a la razón social, la representarán con las más amplias facultades, sin restricción alguna, pudiendo ejecutar todos los actos y convenciones de cualquier naturaleza que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social, conforme a lo indicado en la escritura extractada. Los socios limitan expresamente sus responsabilidades personales hasta el monto de sus respectivos aportes. Otras estipulaciones no son materia de extracto constan escritura extractada. Santiago, 16 de Enero de 2025. María Soledad Lascar Merino Notario Público.