Instrumento
- Fecha
- 13 de enero de 2025
- Repertorio
- 270-2025
- Notario
- PATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO
- Oficio
- 2° Notaría de Santiago con asiento comuna de Lo Barnechea
Objeto social
La Sociedad tendrá por
Administración
La administración de la sociedad y el uso del nombre o razón social, corresponderá a doña María Carolina Calderón Calderón
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO, abogado, Notario Público Titular de la 2° Notaría de Santiago con asiento comuna de Lo Barnechea, con Oficio en avenida La Dehesa N°1201, local 101, certifica que: por escritura pública de 13 de Enero de 2025, repertorio 270-2025, ante mí, doña María Carolina Calderón Calderón, constituyó una sociedad por acciones, bajo la razón social “ANGEL FOOD CAKE BAKERY SpA”. La Sociedad tendrá por objeto: La Sociedad tendrá por objeto: a) Elaboración, comercialización, distribución, exportación e importación de productos de pastelería, panadería, repostería y confitería, tales como tortas, pasteles, kuchenes, galletas, postres y helados. Asimismo, podrá dedicarse a la prestación de servicios de catering y banquetería, realización de cursos y talleres relacionados con pastelería, venta de insumos, utensilios y equipos para la repostería, y cualquier otra actividad lícita relacionada con el rubro gastronómico. b) La adquisición y enajenación a cualquier título, la administración, comercialización, explotación, inversión, en cualquier forma de y en toda clase de bienes, sean muebles o inmuebles, corporales o incorporales, títulos de crédito, de deudas o representativas de obligaciones de dinero y valores mobiliarios dentro o fuera del país, incluyendo la formación y/o participación en sociedades de cualquier naturaleza y objeto. Para el cumplimiento de su objeto la sociedad podrá adquirir y enajenar, a cualquier título, dar y tomar en arrendamiento, concesión u otra forma de tenencia, toda clase de bienes raíces o muebles, corporales o incorporales, y, en general ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios al fin indicado al desarrollo de su objeto y a la inversión de todos los fondos disponibles en la Sociedad; y c) en general, toda otra actividad que, relacionada o no con lo anterior, que los accionistas decidan emprender. Capital: El capital de la Sociedad ascienda a la suma de seis millones de pesos, dividido en sesenta acciones ordinarias, de una misma serie y sin valor nominal, el cual se suscribe y paga íntegramente en la siguiente forma: doña María Carolina Calderón Calderón, a razón de cien mil pesos por acción, lo que en total asciende a seis millones de pesos, que la suscriptora paga en este acto y al contado. En virtud de lo anterior, se declara que el capital de la sociedad, ascendente a seis millones de pesos, se encuentra íntegramente suscrito y pagado; y que doña María Carolina Calderón Calderón es titular de sesenta acciones que corresponden al cien por ciento del capital. Administración. La administración de la sociedad y el uso del nombre o razón social, corresponderá a doña María Carolina Calderón Calderón. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 14 de enero de 2025. Patricio Guillermo Corominas Mellado. Notario Público Titular.