AGRICOLA SANTA FILOMENA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 27 de noviembre de 2024
- Repertorio
- 1043-2024
- Comuna
- Peñaflor con asiento en
Sociedad
- Capital
- $775.000 CLP
- Domicilio
- Comuna de Chanco
- Duración
- La duración de la sociedad será de tres años, contados desde la fecha de su escritura pública de constitución, plazo que se prorrogará automática y sucesivamente por períodos iguales
Objeto social
a) La Comercialización de todo tipo de productos agrícolas; frutícolas; semillas; plantas; fertilizantes pesticidas y otros insumos; b) La realización de todo tipo de asesorías, consultorías y de capacitación; el corretaje, la inversión en valores mobiliarios e inmobiliarios, su explotación y percepción de frutos; la reinversión de estos, la compra y venta, arrendamiento y explotación de bienes raíces agrícolas y urbanos; c) Explotación de labores agrícolas, silvoagropecuarias, agroindustriales, forestales y ganaderas, y d) la realización de todas aquellas actividades comerciales o industriales que fueren complementarias o anexas al giro principal y sin que esta denominación sea taxativa o excluyente, podrá también realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos expresados u otros negocios que digan relación con el giro de la sociedad y, en general, llevar a cabo por sí misma o a través de terceros cualesquiera negocios que acuerden los
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalBERNARDO JAVIER MELLIBOSKY DIEZ, abogado Notario Público y Conservador de Bienes Raíces, Comercio, Minas y Archivero Judicial Interino, para las Comuna de Chanco y Pelluhue, con oficio en calle Ramón Freire número ciento treinta y uno de Chanco, certifico: Que por escritura pública de fecha 27 de Noviembre del año 2024, Repertorio N° 1043-2024, ante la Notario Interina de las comunas de Chanco y Pelluhue, doña Paula Esperanza Novoa Valdés, debidamente rectificada mediante escritura pública de fecha 10 de enero de 2025, repertorio N° 22/2025, otorgada ante la Notaria Pública de la Segunda Notaría de Peñaflor con asiento en Padre Hurtado, doña Francisca Álvarez Hurtado, don JORGE LUIS ROGELIO BOCAZ VERDUGO, chileno, casado y separado totalmente de bienes; Contador; cédula nacional de identidad 6.475.191-3, con domicilio en Av. Suecia dos mil nueve Departamento doscientos dos, comuna Providencia, Región Metropolitana; don EUGENIO EDUARDO BOCAZ VERDUGO, chileno, casado y separado totalmente de bienes, técnico forestal, cédula de identidad 7.503.213-9, con domicilio calle Francisco de Villagra número cuatrocientos veinte, Lomas de San Andrés, comuna de Concepción, Octava Región; don CLAUDIO ALBERTO BOCAZ VERDUGO, chileno, casado separado totalmente de bienes, factor de comercio, cédula de identidad 7.957.949-1 con domicilio en calle Ramón Freire, Romeral, Séptima Región; JAIME ALEJANDRO BOCAZ VERDUGO, chileno, divorciado, contador auditor, cédula de identidad 8.804.000-8 con domicilio en calle Gobernador Juan Henríquez número trescientos cincuenta y dos, Lomas de San Andrés, comuna Concepción, Octava Región; constituyeron sociedad de responsabilidad limitada.- Nombre o Razón Social: AGRICOLA SANTA FILOMENA LIMITADA, nombre de fantasía de “AGRICOLA SANTA FILOMENA LTDA.”. Domicilio: Comuna de Chanco, sin perjuicio de las agencias o sucursales que se puedan establecer en otros puntos del país o del extranjero. Duración: La duración de la sociedad será de tres años, contados desde la fecha de su escritura pública de constitución, plazo que se prorrogará automática y sucesivamente por períodos iguales; Objeto: a) La Comercialización de todo tipo de productos agrícolas; frutícolas; semillas; plantas; fertilizantes pesticidas y otros insumos; b) La realización de todo tipo de asesorías, consultorías y de capacitación; el corretaje, la inversión en valores mobiliarios e inmobiliarios, su explotación y percepción de frutos; la reinversión de estos, la compra y venta, arrendamiento y explotación de bienes raíces agrícolas y urbanos; c) Explotación de labores agrícolas, silvoagropecuarias, agroindustriales, forestales y ganaderas, y d) la realización de todas aquellas actividades comerciales o industriales que fueren complementarias o anexas al giro principal y sin que esta denominación sea taxativa o excluyente, podrá también realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos expresados u otros negocios que digan relación con el giro de la sociedad y, en general, llevar a cabo por sí misma o a través de terceros cualesquiera negocios que acuerden los socios. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos, incluyendo la participación en todo tipo de sociedades y la constitución de las mismas.- Capital: El capital social es la suma única y total de $775.000.000 (setecientos setenta y cinco millones de pesos), que los socios aportan y enteran de la siguiente forma y en las siguientes cantidades: a) JORGE LUIS ROGELIO BOCAZ VERDUGO aporta en dominio de todos sus derechos en el bien raíz denominado fundo Pahuil, equivalente a 193.750.000, ciento noventa y tres millones setecientos cincuenta mil, que se descompone de la siguiente manera, con el equivalente la cantidad de tres millones de pesos por el lote o Hijuela B UNO y la suma de ciento noventa millones setecientos cincuenta mil pesos por el lote o Hijuela B DOS, don EUGENIO EDUARDO BOCAZ VERDUGO aporta en dominio de todos sus derechos en el bien raíz denominado fundo Pahuil, equivalente a 193.750.000, ciento noventa y tres millones setecientos cincuenta mil, que se descompone de la siguiente manera, con el equivalente la cantidad de tres millones de pesos por el lote o Hijuela B UNO y la suma de ciento noventa millones setecientos cincuenta mil pesos por el lote o Hijuela B DOS; don CLAUDIO ALBERTO BOCAZ, aporta en dominio de todos sus derechos en el bien raíz denominado fundo Pahuil, equivalente a 193.750.000, ciento noventa y tres millones setecientos cincuenta mil que se descompone de la siguiente manera, con el equivalente la cantidad de tres millones de pesos a por el lote o Hijuela B UNO y la suma de ciento noventa millones setecientos cincuenta mil pesos por el lote o Hijuela B DOS, y JAIME ALEJANDRO BOCAZ VERDUGO, aporta en dominio de todos sus derechos en el bien raíz denominado fundo Pahuil, equivalente a 193.750.000, ciento noventa y tres millones setecientos cincuenta mil, que se descompone de la siguiente manera, con el equivalente la cantidad de tres millones de pesos a por el lote o Hijuela B UNO y la suma de ciento noventa millones setecientos cincuenta mil pesos por el lote o Hijuela B DOS.- La Administración y uso razón social: La administración y representación de la sociedad y el uso de su razón social corresponderá a cualquiera de los socios, quienes de manera conjunta o indistintamente y por separado podrán actuar en nombre y representación de la sociedad y anteponiendo su firma a la razón social, con amplias facultades indicadas en escritura extractada.-Responsabilidad limitada al monto de sus respectivos aportes.- Demás estipulaciones constan en escrituras extractada.- Chanco, 16 de enero de 2025.