CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD DE PROFESIONALES LAURIDO, VILORIA & COMPAÑÍA LIMITADA

RUT 16098573-9 CVE 2599160
Capital
$5.000.000 CLP
Fecha instrumento
9 de enero de 2025
Notaría
Providencia
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
9 de enero de 2025
Repertorio
170/2025
Comuna
Providencia

Sociedad

N. fantasía
"LAURIDO, VILORIA & CÍA LIMITADA", pudiendo abreviar en ambos casos la palabra Limitada por Ltda
Capital
$5.000.000 CLP
Domicilio
Ciudad de Santiago, de la Región Metropolitana
Duración
La duración de la sociedad será de cinco años a contar de la fecha de la escritura de constitución, entendiéndose renovada, en forma automática y sucesiva, por períodos de cinco años cada uno, a menos que cualquiera de las socias manifieste su voluntad de ponerle término a la sociedad, voluntad que deberá expresarse por medio de una declaración hecha por escritura pública que deberá anotarse al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio, con tres meses de anticipación, a lo menos, al vencimiento del período que corresponda

Objeto social

Prestación de servicios profesionales correspondiente a la profesión de las socias constituyentes, en el desarrollo de proyectos de ingeniería; asesoría y representación jurídica; y servicios de consultoría de ingeniería. Asimismo, considera toda la asesoría legal y de representación jurídica que sea requerida en la ejecución de proyectos de ingeniería en todas y cada una de sus etapas

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

LUIS EDUARDO RODRIGUEZ BURR, abogado, Notario Santiago, Titular de la Primera Notaría de Providencia, Avda. Providencia 1777, certifico: que por escritura pública otorgada el 9 de Enero de 2025, ante mí, Repertorio 170/2025: ANDREA PAZ LAURIDO DÍAZ, cédula de identidad 16.098.573-9, ingeniero civil industrial; y MARÍA VIRGINIA VILORIA MÉNDEZ, cédula de identidad extranjero 26.687.683-1, abogada; ambas domiciliadas para estos efectos en calle Doctor Manuel Barros Borgoño N°71, oficina 1401, comuna de Providencia; constituyen Sociedad Civil de Responsabilidad Limitada, de cuyos estatutos se extracta: Razón Social. “SOCIEDAD DE PROFESIONALES LAURIDO, VILORIA & COMPAÑÍA LIMITADA” la que podrá indistintamente también usar o identificarse, incluso con instituciones bancarias, financieras, organismos públicos o privados, incluso ante el Servicio de Impuestos Internos y Tesorería General de la República o para el efecto que se estime conveniente, con el siguiente nombre de fantasía: "LAURIDO, VILORIA & CÍA LIMITADA", pudiendo abreviar en ambos casos la palabra Limitada por Ltda.. Domicilio. Ciudad de Santiago, de la Región Metropolitana, sin perjuicio de las sucursales que dentro o fuera del país puedan instalarse. Duración. La duración de la sociedad será de cinco años a contar de la fecha de la escritura de constitución, entendiéndose renovada, en forma automática y sucesiva, por períodos de cinco años cada uno, a menos que cualquiera de las socias manifieste su voluntad de ponerle término a la sociedad, voluntad que deberá expresarse por medio de una declaración hecha por escritura pública que deberá anotarse al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio, con tres meses de anticipación, a lo menos, al vencimiento del período que corresponda. Objeto. Prestación de servicios profesionales correspondiente a la profesión de las socias constituyentes, en el desarrollo de proyectos de ingeniería; asesoría y representación jurídica; y servicios de consultoría de ingeniería. Asimismo, considera toda la asesoría legal y de representación jurídica que sea requerida en la ejecución de proyectos de ingeniería en todas y cada una de sus etapas. Capital. $5.000.000.- dividido de la siguiente manera: a) Doña ANDREA PAZ LAURIDO DÍAZ, aporta la cantidad de $2.500.000 ya enterados en la caja social; y b) Doña MARÍA VIRGINIA VILORIA MÉNDEZ, aporta la cantidad de $2.500.000 ya enterados en la caja social. Administración y uso de razón social. Corresponde el cargo de Representante Legal a ambas socias, de forma conjunta o por separado, de acuerdo con el artículo quinto de la escritura extractada, con amplias facultades. Demás estipulaciones en escritura extractada.- Santiago, 9 de enero de 2025.-cr