Maira Vial Abogados Limitada
Instrumento
- Fecha
- 24 de diciembre de 2024
- Repertorio
- 20788
- Notario
- Luis Ignacio Manquehual Mery
- Oficio
- 8º Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLuis Ignacio Manquehual Mery, abogado, Notario Público Titular de la 8º Notaría de Santiago, con domicilio en calle Huérfanos Nº941, local 302, Santiago, certifico que, mediante escritura pública otorgada ante mí, con fecha 24 de diciembre 2024, repertorio N°20.788, Esteban Maira Kast, Rodrigo Vial Wood, Felipe Andrés Errázuriz Rodríguez e Isidora Gutiérrez Barros, todos domiciliados en Av. Apoquindo N°3910, piso 13, Las Condes, Santiago; modificaron la sociedad Maira Vial Abogados Limitada (la “Sociedad”), inscrita en el Registro de Comercio del CBR de Santiago a fojas 17621 N°9402 año 2018, y acordaron: I. Cesión de derechos: (i) Esteban Maira Kast vendió, cedió y transfirió a Isidora Gutiérrez Barros un 2,5% de los derechos sociales que le correspondían en la Sociedad, en el precio indicado en la escritura extractada; y (ii) Rodrigo Vial Wood vendió, cedió y transfirió a Isidora Gutiérrez Barros un 2,5% de los derechos sociales que le correspondían en la Sociedad, en el precio indicado en la escritura extractada. II. Modificación Artículo Quinto: Modificar el Artículo Quinto del pacto social, por el siguiente tenor: “Artículo Quinto: El capital de la Sociedad es la suma de $1.000.000, que los socios aportaron de la siguiente forma: (i) don Esteban Maira Kast aportó la suma de $400.000 con anterioridad a esta fecha en dinero, equivalente al 40% de los derechos en la Sociedad; (ii) don Rodrigo Vial Wood aportó la suma de $400.000 con anterioridad a esta fecha en dinero, equivalente al 40% por ciento de los derechos en la Sociedad; (iii) don Felipe Andrés Errázuriz Rodríguez aportó la suma de $100.000 con anterioridad a esta fecha en dinero, equivalente al 10% de los derechos en la Sociedad; y (iv) doña Isidora Gutiérrez Barros aportó la suma de $100.000 con anterioridad a esta fecha en dinero, equivalente al 10% de los derechos en la Sociedad.”. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 31 de diciembre de 2024.