MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

CONSTRUCTORA ROJAS BARROS LIMITADA

RUT 76312329-4 CVE 2598971
Fecha instrumento
9 de agosto de 2013
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
9 de agosto de 2013
Notario
JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA
Oficio
Notaría de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, abogado, Notario Público, Titular de la Notaría de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos número ochocientos treinta y cinco, piso dieciocho, comuna de Santiago, certifico: Que, con fecha 19 de diciembre de 2024, por medio de escritura pública, Repertorio número 38669-2024, doña MARISOL DEL CARMEN ROJAS BARROS, chilena, divorciada, empresaria, cédula nacional de identidad 10.636.334-K; doña CLAUDIA DANIELA ORREGO ROJAS, chilena, soltera, estudiante, cédula nacional de identidad 18.407.828-7 y, don ROBERTO FERNANDO ORREGO ROJAS, chileno, soltero, estudiante, cédula nacional de identidad 21.069.714-4; todos domiciliados para estos efectos en calle Teniente Ponce 2029, comuna de Conchalí, Región Metropolitana, modificaron ante mí, los estatutos de la Sociedad comercial “CONSTRUCTORA ROJAS BARROS LIMITADA”, Rol Único Tributario 76.312.329-4, constituida por escritura pública de fecha 09 de agosto del año 2013, otorgada en la Notaría de Santiago de doña María Gloria Acharan Toledo, en la forma siguiente: Se retira de la sociedad CLAUDIA DANIELA ORREGO ROJAS, quien vende, cede y transfiere, en partes iguales, la totalidad de sus derechos sociales a don ROBERTO FERNANDO ORREGO ROJAS, quien los acepta, compra y adquiere para sí. El precio total de esta cesión es la suma de un millón de pesos, que el cedente declara recibir en este acto, en dinero efectivo a su total y entera conformidad. La cesión comprende todos los haberes y derechos que al cedente le corresponde en la sociedad a cualquier título y especialmente su parte en capital, fondos en cuenta particular, y cualquier otro, y surtirá efecto entre los socios a contar de esta fecha. Como consecuencia de la cesión de derechos sociales de que da cuenta la cláusula segunda de la escritura de modificación, la sociedad queda formada exclusivamente por los socios doña MARISOL DEL CARMEN ROJAS BARROS y don ROBERTO FERNANDO ORREGO ROJAS con una participación 50% cada uno en el capital social, quedando limitada su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. En consideración a lo anteriormente expuesto, los actuales socios acuerdan introducir la siguiente modificación al estatuto social: Se elimina toda referencia al socio que se retira CLAUDIA DANIELA ORREGO ROJAS. La sociedad modificada asume a partir de esta fecha todas las responsabilidades y obligaciones comerciales y tributarias en los términos del artículo 69 del Código Tributario, liberándose expresamente al socio que se retira CLAUDIA DANIELA ORREGO ROJAS de toda obligación y responsabilidad. En todo lo no expresamente modificado por este instrumento, seguirán vigentes las estipulaciones del pacto social citada en la cláusula primera de la escritura de modificación. Demás estipulaciones en contrato extractado. Santiago 30 de diciembre de 2024.