MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Asesorias, Inversiones y Rentas Cats Limitada

RUT 76829763-0 CVE 2598942
Fecha instrumento
1 de octubre de 2019
Notaría
Vitacura

Instrumento

Fecha
1 de octubre de 2019
Repertorio
3341
Comuna
Vitacura

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
INVERSIONES Y RENTAS CATS LIMITADA socio 76929763-0

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

GUSTAVO ALFONSO MIRANDA PÉREZ. Notario Público Suplente de la Titular doña MÓNICA FIGUEROA CARVAJAL, de la Primera Notaría de Vitacura, con Oficio en Avenida Vitacura 6844, Local -1, comuna de Vitacura, certifico: Por escritura de fecha 13 de Diciembre del 2024, bajo el Repertorio N°3341, ante la Titular, doña MARÍA LUISA ARTEAGA SATT, CRISTÓBAL JOSÉ HURTADO ARTEAGA, SOFÍA HURTADO ARTEAGA, TOMÁS JOSÉ HURTADO ARTEAGA, AMALIA HURTADO ARTEAGA, en su calidad únicos socios de ASESORIAS, INVERSIONES Y RENTAS CATS LIMITADA, RUT N° 76.929.763-0, todos domiciliados calle Cacique Colín 9.280 kilómetro 9, comuna Lampa, acuerdan modificar cláusula octava de escritura pública otorgada 1 octubre 2019, ante Notario Santiago, Andrés Felipe Rieutord Alvarado, relativa a la administración de la sociedad, reemplazando dicho artículo por el siguiente: ARTÍCULO OCTAVO: La administración de la sociedad recaerá exclusivamente en don CRISTÓBAL JOSE HURTADO ARTEAGA, cédula de identidad número dieciocho millones trescientos noventa y seis mil quinientos treinta y uno guion K, quien anteponiendo a su nombre y firma la razón social, tendrá amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejercer en la forma señalada, todas y cada una de las facultades de administración y disposición que estime necesarias. Se enumeran en forma no taxativa o limitativa facultades del administrador de la sociedad, y se especifican casos en que administrador Cristóbal José Hurtado Arteaga deberá necesariamente actuar conjuntamente con uno cualesquiera de los otros socios de la sociedad. Demás estipulaciones escritura extractada. Vitacura, 09 de Enero del 2025.