CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

Albión SpA

CVE 2599105
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
15 de enero de 2025

Instrumento

Fecha
15 de enero de 2025
Repertorio
793-2025
Notario
JUAN CRISTIÁN BERRÍOS CASTRO
Oficio
Titular de la 8ª Notaría de Santiago de don LUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP

Objeto social

La Sociedad tiene por

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN CRISTIÁN BERRÍOS CASTRO, abogado, Notario Público Suplente del Titular de la 8ª Notaría de Santiago de don LUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY, con oficio en Huérfanos número 941, local 302, comuna de Santiago, certifico que: por escritura pública de fecha 15 de enero de 2025, repertorio N°793-2025, ante mí, Inversiones Malehue SpA y El Campero SpA, vienen en constituir una sociedad por acciones que se regirá por los siguientes estatutos: 1. Razón social: “Albión SpA”. 2. Objeto: La Sociedad tiene por objeto: (a) la prestación de servicios y asesorías técnicas para el desarrollo de proyectos agrícolas, incluyendo la construcción, operación y mantención de plantas procesadoras de fruta fresca, y posterior comercialización, distribución y/o exportación de productos agrícolas; (b) la prestación de servicios de embalajes, packing, frigorífico y procesamiento de productos agrícolas; (c) la prestación de servicios profesionales en materias contables, financieras, tributarias, back office, gestión y evaluación de proyectos agrícolas; y (d) en general, la celebración de todos los actos y contratos que sean necesarios, conexos o conducentes para cumplir con las actividades anteriores, incluyendo la contratación y supervisión de contratistas y personal externo, compra de activos e insumos para la explotación agrícola y todos aquellos que digan relación con el objeto social. 3. Capital: El capital de la Sociedad es la suma de $1.000.000, dividido en 1.000 acciones ordinarias, de una misma serie, nominativas, de igual valor cada una y sin valor nominal. El capital se suscribe íntegramente por los accionistas constituyentes de la Sociedad, el que se pagará en un plazo máximo de noventa días a contar de la fecha de la escritura extractada. Demas estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago 17 de enero de 2025.