CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

SMDM SpA

CVE 2598806
Capital
$3.000.000 CLP
Fecha instrumento
23 de diciembre de 2024
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
23 de diciembre de 2024
Notario
MAGDALENA SOFIA LATORRE LARRAÍN
Oficio
Quinta Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$3.000.000 CLP

Objeto social

La Sociedad tiene por objeto, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero: a) la realización de todo tipo de inversiones en bienes corporales e incorporales, muebles e inmuebles, y especialmente en derechos de sociedades, ya sean de capital, de personas o de cualquier otra especie, administrarlas, percibir sus frutos y reinvertirlos sin restricción de ninguna especie; b) la adquisición, enajenación, comercialización, arrendamiento y explotación, en cualquier forma por cuenta propia o ajena, de bienes inmuebles, la administración de tales bienes y las rentas a que den lugar, y en general la realización de todos los actos y contratos necesarios y conducentes con el objeto antes señalado; La explotación de estos como compraventa, subdivisiones, fusiones o loteos y el desarrollo de toda clase de proyectos inmobiliarias, sean estos habitacionales, comerciales o industriales, por cuenta propia o ajena, la administración de los mismos y la percepción de los frutos. c) En general, la sociedad podrá realizar todos los actos y contratos que estime necesarios para la consecución de los fines antes indicados, y para el empleo e inversión de sus fondos disponibles

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MAGDALENA SOFIA LATORRE LARRAÍN, Notario Público Interino de la Quinta Notaría de Santiago, domiciliada en Gertrudis Echenique 30, oficina 32, Las Condes, certifico: Por escritura pública 23 de diciembre de 2024, ante mí, INVERSIONES E INMOBILIARIA GT3 SpA, constituye sociedad por acciones. Razón Social: SMDM SpA. Objeto: La Sociedad tiene por objeto, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero: a) la realización de todo tipo de inversiones en bienes corporales e incorporales, muebles e inmuebles, y especialmente en derechos de sociedades, ya sean de capital, de personas o de cualquier otra especie, administrarlas, percibir sus frutos y reinvertirlos sin restricción de ninguna especie; b) la adquisición, enajenación, comercialización, arrendamiento y explotación, en cualquier forma por cuenta propia o ajena, de bienes inmuebles, la administración de tales bienes y las rentas a que den lugar, y en general la realización de todos los actos y contratos necesarios y conducentes con el objeto antes señalado; La explotación de estos como compraventa, subdivisiones, fusiones o loteos y el desarrollo de toda clase de proyectos inmobiliarias, sean estos habitacionales, comerciales o industriales, por cuenta propia o ajena, la administración de los mismos y la percepción de los frutos. c) En general, la sociedad podrá realizar todos los actos y contratos que estime necesarios para la consecución de los fines antes indicados, y para el empleo e inversión de sus fondos disponibles. Capital: $3.000.000, dividido en tres mil acciones nominativas, ordinarias, de una misma serie y sin valor nominal. Totalmente suscritas y pagadas forma y condiciones artículo primero transitorio. Demás estipulaciones constan escritura extractada. Santiago, 15 de enero de 2025.- Magdalena Sofia Latorre Larraín. Notario Público Interino.-