MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

REVESTIMIENTOS INMOBILIARIOS E INDUSTRIALES REVIN CHILE LIMITADA

RUT 76164887-K CVE 2598762
Fecha instrumento
28 de julio de 2011
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
28 de julio de 2011
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

FRANCISCO VARAS FERNÁNDEZ, Notario Titular 32ª Notaría Santiago, Paseo Phillips 465, certifico: Por escritura de hoy, ante mí, JOSÉ EFRAÍN CANELO PAVÉZ, CECILIA ANTONIA ROJAS GALAZ, ambos domiciliados calle Mar de Sueños Nº 517, comuna Pudahuel, ciudad Santiago, Región Metropolitana; y LUIS ALBERTO KEILENDT CORDOVA, también, LUIS ALBERTO KEILENDT, en adelante solo LUIS ALBERTO KEILENDT CORDOVA, con domicilio Carriel Sur Nº 2773, comuna Cerrillos, Santiago, modificaron sociedad de responsabilidad limitada denominada “REVESTIMIENTOS INMOBILIARIOS E INDUSTRIALES REVIN CHILE LIMITADA”, constituida escritura pública 28 Julio 2011, otorgada ante Notario de Santiago don Rodrigo Hidalgo Gallegos, suplente del titular de la 51 Notaria de Santiago de don Iván Tamargo Barros, cuyo extracto se encuentra inscrito Registro Comercio Conservador Bienes Raíces Santiago, año 2011, a Fs. 43.911 Nº 32.420. La participación social en cuanto a capital de la misma, corresponde a Cecilia Antonia Rojas Galaz en un 95%, siendo por lo tanto la participación social de Luis Alberto Keilendt Córdova, equivalente al 5%. Presente instrumento, Luis Alberto Keilendt Córdova, vende cede y transfiere a José Efraín Canelo Pavéz, quien acepta y adquiere para sí, el 100% de los derechos sociales que don Luis Alberto Keilendt Córdova tiene en la sociedad referida, en la suma de $4.000.000, los cuales se pagan de contado en este acto. En mérito de la venta o cesiones precedentes, a Cecilia Antonia Rojas Galaz, le corresponde el 95% del capital social; y a José Efraín Canelo Pavéz, le corresponde el 5% del capital social. En virtud de ello, los socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes, quienes modifican Titulo TERCERO, artículo Séptimo de la escritura constitutiva de la sociedad, relativa a la administración y el uso de la razón social, la cual corresponderá a Cecilia Antonia Rojas Galaz y a José Efraín Canelo Pavéz, quienes podrán actuar en forma conjunta, separada o indistintamente, amplias facultades señaladas en escritura que se extracta. En todo lo no modificado rige el pacto social primitivo. Otras estipulaciones escritura extractada. Santiago, 03 de diciembre de 2024.