Overall Strategy SpA
Instrumento
- Fecha
- 2 de diciembre de 2024
- Repertorio
- 19893-2024
- Notario
- Juan Cristian Berrios Castro
- Oficio
- Titular de la Octava Notaria de Santiago de don Luis Ignacio Manquehual Mery
Sociedad
- Capital
- $9.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJuan Cristian Berrios Castro, Abogado, Notario Público Suplente del Titular de la Octava Notaria de Santiago de don Luis Ignacio Manquehual Mery, ambos con domicilio en calle Huérfanos N°941, local 302, comuna de Santiago, certifica que: por escritura pública de fecha 2 de diciembre de 2024 otorgada ante el Titular, bajo el Repertorio N° 19.893-2024 se redujo el acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de “Overall Strategy SpA”, Rol Único Tributario número 77.872.594-0, sociedad inscrita a fojas 23.375, número 10.003, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2024 (en adelante, la “Sociedad”), celebrada con fecha 02 de diciembre de 2024, en la que se acordó, entre otras cosas: 1) Aumentar el capital de la Sociedad en la suma de 9.000.- dólares de los Estados Unidos de América, los que son valorizados por el único accionista de la Sociedad en la cantidad de $8.199.090.- pesos chilenos, mediante la emisión de 9.000 acciones de pago, esto es, desde la suma 1.000.- dólares de los Estados Unidos de América, dividido en 1.000 acciones ordinarias, nominativas y sin valor nominal a la suma de 10.000 dólares de los Estados Unidos de América, dividido en 10.000 acciones ordinarias, nominativas y sin valor nominal; 2) Modificar los estatutos de la Sociedad a fin de ajustarlo a las modificaciones que se incorporan, reemplazando en consecuencia el Artículo Quinto y Artículo Primero Transitorio de los estatutos sociales por los siguientes: “ARTÍCULO QUINTO: El capital de la Sociedad asciende a la suma de 10.000 dólares de los Estados Unidos de América dividido en 10.000 acciones ordinarias, nominativas, de la misma serie y sin valor nominal, el cual se suscribe y paga en la forma señalada en el Artículo Primero Transitorio. Cada acción otorga un voto a su legítimo dueño. Se deja expresa constancia que tanto el capital inicial, como los eventuales aumentos de capital podrán pagarse en dinero efectivo, bienes o aportes en trabajo. La valoración de los aportes en bienes o trabajo se hará por el Directorio de la Sociedad. En silencio o a falta de acuerdo, los aportes deberán pagarse en dinero efectivo. El capital social deberá ser aumentado o disminuido mediante acuerdo de la Junta de Accionistas. Sin perjuicio de lo anterior, el Directorio se encuentra facultados para acordar aumentos de capital con el objeto de financiar la gestión ordinaria de la Sociedad o para fines específicos. El plazo para enterar los aumentos de capital será de tres años contados desde la fecha del acuerdo respectivo, salvo que la Junta o el Directorio acuerde algo distinto. Cuando un accionista no pagare oportunamente el todo o parte de las acciones por él suscritas, las acciones suscritas se reducirán de pleno derecho a las efectivamente suscritas y pagadas por dicho accionista, salvo que la Junta de Accionistas o el Directorio de la Sociedad, según corresponda, acuerden algo distinto. En el caso de aumentos de capital mediante la emisión de acciones de pago, será necesario hacer oferta preferente de dichas acciones a los accionistas de la Sociedad.” “PRIMERO TRANSITORIO: El capital social asciende a la suma de 10.000 dólares de los Estados Unidos de América dividido en 10.000 acciones ordinarias, nominativas, de la misma serie y sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas por Overall Strategy S.A.C.” Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 14 de enero de 2025.