INVERSIONES SÉPTIMA REGIÓN LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 31 de diciembre de 2024
Sociedad
- Capital
- $710.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRodrigo Domínguez Jara, Notario Curicó, Estado 236, certifica: Por escritura pública ante mí de fecha 31 de Diciembre de 2024, BENJAMÍN DE LAS MERCEDES GONZÁLEZ CANALES, por sí y en representación de GRUPO GONZALEZ FOLATRE SpA, LORENA CAROLINA FOLATRE BRIONES, JOSEFINA DE LOURDES GONZÁLEZ FOLATRE, BENJAMÍN TEODORO GONZÁLEZ FOLATRE, LUCAS MAXIMILIANO GONZÁLEZ FOLATRE y MARTINA DOMINGA GONZÁLEZ FOLATRE, todos domiciliados en Peña N°800, ciudad y comuna de Curicó; modificaron “INVERSIONES SÉPTIMA REGIÓN LIMITADA”, constituida por escritura pública del 28 de noviembre 1983, inscrita a foja 285 vuelta, número 138 del Registro de Comercio de Curicó, correspondiente al año 1983, publicada en Diario Oficial N°31.736 del 03 de diciembre 1983. Modificación: Se sustituye cláusula quinta del pacto social, referente al capital de la Sociedad, por la siguiente: “Capital: El capital de la Sociedad es la suma de $710.000.000, que los socios aportan y enteran o enterarán de la siguiente forma: a) don BENJAMÍN DE LAS MERCEDES GONZÁLEZ CANALES, aporta la suma de $7.100.000, equivalentes al 1% del capital social, íntegramente pagado con anterioridad a este acto; b) LORENA CAROLINA FOLATRE BRIONES aporta la suma de $2.500.000, equivalente al 0,35% del capital social íntegramente pagado con anterioridad a este acto; c) JOSEFINA DE LOURDES GONZÁLEZ FOLATRE aporta la suma de $100.000, equivalente al 0,015% del capital social, íntegramente pagado con anterioridad a este acto; d) BENJAMÍN TEODORO GONZÁLEZ FOLATRE, aporta la suma de $100.000, equivalente al 0,015% del capital social, íntegramente pagado con anterioridad a este acto; e) LUCAS MAXIMILIANO GONZÁLEZ FOLATRE, aporta la suma de $100.000, equivalente al 0,015% del capital social, íntegramente pagado con anterioridad a este acto; f) MARTINA DOMINGA GONZÁLEZ FOLATRE aporta la suma de $100.000, equivalente al 0,015% del capital social, íntegramente pagado con anterioridad a este acto y; g) GRUPO GONZÁLEZ FOLATRE SpA, aporta la suma de $700.000.000, equivalente al 98,59% del capital social, a ser pagada en dinero efectivo o con otros bienes u otras formas de extinguir distintas al pago, en el plazo de tres años a contar del 2 de enero del año 2025”. En lo no modificado se mantienen vigentes las demás estipulaciones del pacto social. Demás estipulaciones en escritura extractada.- Curicó, 14 Enero 2025.